Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-15623)
Resolución de 2 de julio de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación negativa del registrador de la propiedad de Chiclana de la Frontera n.º 2 de una solicitud de asignación de número de registro de alquiler de corta duración.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180
Lunes 28 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 101203
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
15623
Resolución de 2 de julio de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación negativa
del registrador de la propiedad de Chiclana de la Frontera n.º 2 de una
solicitud de asignación de número de registro de alquiler de corta duración.
En el recurso interpuesto por don J. P. V. G. contra la calificación negativa del
registrador de la Propiedad de Chiclana de la Frontera número 2, don Francisco Manuel
Álvarez Moreno, de una solicitud de asignación de número de registro de alquiler de
corta duración.
Hechos
I
Mediante instancia presentada en el Registro de la Propiedad de Chiclana de la
Frontera número 2, don J. P. V. G. solicitó la asignación de número de registro de alquiler
de corta duración, para uso turístico, sobre la finca registral número 53.612 del municipio
de Chiclana de la Frontera.
II
Presentada la referida instancia en el Registro de la Propiedad de Chiclana de la
Frontera número 2, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«Calificación registral correspondiente a la instancia privada telemática para la
Asignación de Número de Registro de Alquiler de corta Duración, emitida con
fecha 10/03/2025 por don J. P. V. G., en unión de resolución de inscripción de inicio de
actividad con signatura VFT/CA/ (…)
Primero. Con fecha diez de marzo del año dos mil veinticinco, bajo el asiento 1202
del tomo 2025 del Diario, se ha presentado en este Registro de la Propiedad el indicado
documento, en virtud del cual don J. P. V. G., solicita la asignación de número de registro
de alquiler de corta duración para uso turístico sobre la finca registral número 53.612 del
municipio de Chiclana de la Frontera, al sitio (…)
Segundo. Comprobados los libros del Registro, se observa que la finca
registral 53.612, procede por división horizontal de la finca registral 53.054 y como
consecuencia de lo cual se dividió en 70 departamentos, los cuales se rigen por distintas
normas de comunidad siendo una de ellas la que figura en la norma 7.ª la cual dispone
entre otras prohibiciones, la utilización de las viviendas para el ejercicio de actividad
comercial, profesión, o industria tarifable.
Tercero. Calificado registralmente dentro de los límites previstos por los artículos 18
de la Ley Hipotecaria y 98 y siguientes de su Reglamento, se ha observado la existencia
de los siguientes defectos que impide la inscripción del Número del Registro de Alquiler
solicitados en base a lo siguiente:
– Según resulta de las normas de comunidad, se encuentra prohibida la utilización
de las viviendas para el ejercicio de actividad comercial, por lo que al tratarse el alquiler
cve: BOE-A-2025-15623
Verificable en https://www.boe.es
Hechos.
Núm. 180
Lunes 28 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 101203
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
15623
Resolución de 2 de julio de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación negativa
del registrador de la propiedad de Chiclana de la Frontera n.º 2 de una
solicitud de asignación de número de registro de alquiler de corta duración.
En el recurso interpuesto por don J. P. V. G. contra la calificación negativa del
registrador de la Propiedad de Chiclana de la Frontera número 2, don Francisco Manuel
Álvarez Moreno, de una solicitud de asignación de número de registro de alquiler de
corta duración.
Hechos
I
Mediante instancia presentada en el Registro de la Propiedad de Chiclana de la
Frontera número 2, don J. P. V. G. solicitó la asignación de número de registro de alquiler
de corta duración, para uso turístico, sobre la finca registral número 53.612 del municipio
de Chiclana de la Frontera.
II
Presentada la referida instancia en el Registro de la Propiedad de Chiclana de la
Frontera número 2, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«Calificación registral correspondiente a la instancia privada telemática para la
Asignación de Número de Registro de Alquiler de corta Duración, emitida con
fecha 10/03/2025 por don J. P. V. G., en unión de resolución de inscripción de inicio de
actividad con signatura VFT/CA/ (…)
Primero. Con fecha diez de marzo del año dos mil veinticinco, bajo el asiento 1202
del tomo 2025 del Diario, se ha presentado en este Registro de la Propiedad el indicado
documento, en virtud del cual don J. P. V. G., solicita la asignación de número de registro
de alquiler de corta duración para uso turístico sobre la finca registral número 53.612 del
municipio de Chiclana de la Frontera, al sitio (…)
Segundo. Comprobados los libros del Registro, se observa que la finca
registral 53.612, procede por división horizontal de la finca registral 53.054 y como
consecuencia de lo cual se dividió en 70 departamentos, los cuales se rigen por distintas
normas de comunidad siendo una de ellas la que figura en la norma 7.ª la cual dispone
entre otras prohibiciones, la utilización de las viviendas para el ejercicio de actividad
comercial, profesión, o industria tarifable.
Tercero. Calificado registralmente dentro de los límites previstos por los artículos 18
de la Ley Hipotecaria y 98 y siguientes de su Reglamento, se ha observado la existencia
de los siguientes defectos que impide la inscripción del Número del Registro de Alquiler
solicitados en base a lo siguiente:
– Según resulta de las normas de comunidad, se encuentra prohibida la utilización
de las viviendas para el ejercicio de actividad comercial, por lo que al tratarse el alquiler
cve: BOE-A-2025-15623
Verificable en https://www.boe.es
Hechos.