Ministerio de Hacienda. III. Otras disposiciones. Delegación de competencias. (BOE-A-2025-15638)
Resolución de 16 de julio de 2025, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se delega la competencia para la designación de asesor del representante de la Intervención General de la Administración del Estado en la intervención de la comprobación material de las inversiones en el Ministerio de Defensa, en la persona titular de la Intervención General de la Defensa y en los Interventores delegados en los órganos gestores del gasto en el Ministerio de Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180

Lunes 28 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 101303

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE HACIENDA
Resolución de 16 de julio de 2025, de la Intervención General de la
Administración del Estado, por la que se delega la competencia para la
designación de asesor del representante de la Intervención General de la
Administración del Estado en la intervención de la comprobación material de
las inversiones en el Ministerio de Defensa, en la persona titular de la
Intervención General de la Defensa y en los Interventores delegados en los
órganos gestores del gasto en el Ministerio de Defensa.

El artículo 150 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria,
incluye la intervención de la comprobación material de la inversión, como parte
integrante de la función interventora cuyo ejercicio atribuye el ordenamiento jurídico a la
Intervención General de la Administración del Estado.
De acuerdo con lo establecido en el apartado 3 de dicho precepto, en la intervención
material se comprobará la real y efectiva aplicación de los fondos públicos y se realizará,
en todo caso, concurriendo el representante de la Intervención General y, en su caso, el
asesor designado, al acto de comprobación de la inversión de que se trate.
El Real Decreto 2188/1995, de 28 de diciembre, por el que se desarrolla el régimen
del control interno ejercido por la Intervención General de la Administración del Estado,
en el apartado segundo de su artículo 28 establece que la comprobación material de la
inversión se realizará «por el representante designado por el Interventor General de la
Administración del Estado».
El apartado 3 de dicho precepto dispone que «la designación de representante de la
Intervención General de la Administración del Estado se efectuará entre funcionarios de
la Intervención, asesorados, cuando sea necesaria la posesión de conocimientos
técnicos para realizar la comprobación material, por funcionarios de los cuerpos del
Estado de la especialidad a que corresponda la prestación o servicio. La designación del
asesor se efectuará por el Interventor General de la Administración del Estado entre
funcionarios que no hayan intervenido en el proyecto, dirección, adjudicación,
celebración o ejecución del gasto correspondiente».
Por razones de agilidad administrativa y mejora del procedimiento, mediante
Resolución de 10 de abril de 1996, de la Intervención General de la Administración del
Estado, de delegación de competencias en materia de función interventora, la persona
titular de la Intervención General de la Administración del Estado, de conformidad con lo
establecido en los artículos 13 y 14 de la entonces vigente Ley 30/1992 del Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
dispuso, en el apartado segundo de la misma, la delegación en la persona titular de la
Intervención General de la Defensa, de la competencia de designación de
representantes de la Intervención General de la Administración del Estado para la
comprobación material de inversiones en el Ministerio de Defensa cuando el importe de
la inversión fuera mayor de 50.000.000 pesetas (300.506,05 euros) y no superase
los 2.000 millones de pesetas (12.020.242,09 euros).
Asimismo, delegó en las personas titulares de las Intervenciones delegadas en los
órganos gestores del gasto del Ministerio de Defensa, la competencia de designación de
representante de la Intervención General de la Administración del Estado para la
comprobación material de inversiones en el Ministerio de Defensa cuando el importe de
la inversión no superase los 50.000.000 de pesetas (300.506,05 euros).
Razones de eficacia y eficiencia en el ejercicio de la función interventora, aconsejan
delegar, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, tanto en la persona titular
de la Intervención General de la Defensa, como en las personas titulares de las

cve: BOE-A-2025-15638
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