Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Subvenciones. (BOE-A-2025-15407)
Orden TES/802/2025, de 17 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a las actividades de promoción del trabajo autónomo y para sufragar los gastos de funcionamiento de las asociaciones de trabajadores autónomos de ámbito estatal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177

Jueves 24 de julio de 2025
Artículo 22.

Sec. III. Pág. 99080

Protección de datos de carácter personal.

En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y del Reglamento (UE) 2016/679
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos, se informa de que los datos personales facilitados en las
solicitudes serán tratados por la Dirección General de Trabajo Autónomo, con la finalidad
de gestionar la participación en este procedimiento. La presentación de la solicitud
implicará el otorgamiento de autorización para dicho tratamiento.
Artículo 23.

Evaluación de las convocatorias.

Las convocatorias deberán prever un sistema de indicadores para el seguimiento y
evaluación de la gestión de estas subvenciones y de la ejecución de las acciones
financiadas, que deberán permitir conocer, entre otros, el número de usuarios que han
recibido cada acción subvencionada, o la originalidad de ésta sobre acciones anteriores.
Disposición transitoria.

Régimen transitorio de los procedimientos.

1. A los procedimientos de concesión, justificación y reintegro que tengan por
objeto subvenciones convocadas con anterioridad a la entrada en vigor de esta orden les
será de aplicación la normativa vigente en el momento en que fuera publicada la
correspondiente convocatoria.
2. Los procedimientos sancionadores se regirán igualmente por esa normativa,
salvo que el régimen jurídico previsto esta orden sea más favorable a la entidad
beneficiaria.
Disposición derogatoria.

Derogación normativa.

Queda derogada la Orden TES/945/2024, de 6 de septiembre, por la que se
establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a las actividades de
promoción del trabajo autónomo y para sufragar los gastos de funcionamiento de las
asociaciones de trabajadores autónomos de ámbito estatal.
Disposición final primera.

Título competencial.

Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.7.ª de la
Constitución española, que atribuye al Estado competencia exclusiva en materia de
legislación laboral, sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las comunidades
autónomas.
Disposición final segunda.

Facultades de aplicación.

Se faculta a la persona titular de la Dirección General de Trabajo Autónomo para
dictar las resoluciones necesarias para la aplicación de esta orden, así como para
resolver las dudas concretas que en relación con la misma se susciten.
Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Madrid, 17 de julio de 2025.–La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de
Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz Pérez.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2025-15407
Verificable en https://www.boe.es

Disposición final tercera.