Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-15212)
Resolución de 7 de julio de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Planta de almacenamiento de energía La Farga Bess, de 148,379 MW, y para su infraestructura de evacuación, en la provincia de Girona».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175

Martes 22 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 97973

instalada de 148,379 MW y una capacidad de almacenamiento de hasta 296,758 MWh.
Estará compuesto por 77 contenedores de baterías.
1. Subestación colectora eléctrica de promotores Profar, se construirá en terrenos
del término municipal de Sant Julià de Ramis.
2. El transporte de la electricidad entre el parque de baterías, la subestación
eléctrica, el punto de control y la subestación colectora de la Farga será siempre con
líneas soterradas. Concretamente se ha previsto:
3. Entre parque de baterías y la subestación Profar: tramo de transporte eléctrico
de 255 m.
4. Entre subestación Profar y centro de medida: tramo de transporte eléctrico
de 145 m.
5. Entre centro de medida y subestación de la Farga; tramo de transporte eléctrico
de 482 m.
Junto con la alternativa cero, que implica no ejecutar el proyecto y la descarta el
promotor por no contribuir a la reducción del uso de combustibles fósiles en la
producción de energía eléctrica ni al freno del cambio climático, se han definido dos
opciones. Estas contemplan la ubicación de las futuras instalaciones al este
(alternativa 1) o al oeste (alternativa 2) de la carretera A-2, en las proximidades de la
subestación de la Farga.
La alternativa 1, según el promotor, presenta un menor impacto ambiental en
comparación con la alternativa 2, especialmente debido a su mayor cercanía a la
subestación La Farga. Esto se traduce en una afectación mínima a la vegetación de
interés, una menor pérdida de superficie de cultivo y un impacto visual poco significativo.
Además, al situarse lejos de zonas habitadas, su incidencia sobre la población es
reducida.
b)

Ubicación del proyecto:

La planta de almacenamiento de energía con baterías Stand-Alone estaría situada
dentro del término municipal de Vilademuls, en la provincia de Girona y en la comarca
del Pla de l’Estany, en un lugar ocupado actualmente por un campo de cultivo y
delimitado lateralmente por la autopista AP-7 por el este y la carretera A-2 por el oeste.
Por su parte, la nueva subestación eléctrica de promotores Profar estaría situada en
el extremo norte del término municipal de Sant Julià de Ramis, en la provincia de Girona
y comarca de Gironès. Para implantar dichas instalaciones se ha buscado un entorno
cercano a la subestación eléctrica de la Farga, una de las mayores de Cataluña.
En su entorno próximo no hay ninguna construcción. La más cercana es un taller
mecánico situado a unos 225 m al norte del extremo superior de la finca.
Características del potencial impacto:

El documento ambiental incluye un análisis de los impactos potenciales del proyecto
sobre todos los factores del medio ambiente enumerados en el punto 1 del artículo 45 de
la Ley de evaluación ambiental, y propone medidas preventivas y correctoras para
minimizar dichos impactos. Todos ellos han sido analizados por el órgano ambiental.
A continuación, se resume la información aportada por el promotor, junto a las
consideraciones realizadas por los organismos consultados respecto a los impactos más
relevantes que han motivado la presente resolución.
c.1

Población y salud humana.

Durante la fase de construcción, la necesaria utilización de maquinaria pesada para
la construcción de la planta de almacenamiento energético provocará un aumento en los
niveles de ruido de la zona. No obstante, la incidencia y magnitud de esta pérdida de
calidad del aire como consecuencia del aumento de los niveles sonoros se considera un

cve: BOE-A-2025-15212
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c)