Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-15183)
Resolución de 14 de julio de 2025, de la Universidad de León, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza de personal laboral fijo de la categoría de Técnico Especialista de Oficio.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175
Martes 22 de julio de 2025
II.
Sec. II.B. Pág. 97868
Fase de concurso
La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio, representará el 30 % de la
puntuación del proceso selectivo y los puntos obtenidos en ella no podrán aplicarse para
superar los ejercicios de la fase de oposición.
La fase de concurso se realizará una vez concluida la fase de oposición, y solo
participarán en ella los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
Se valorarán los méritos indicados en el anexo V, referidos al último día del plazo de
presentación de solicitudes.
La documentación correspondiente a los méritos a valorar será presentada en el
modelo del anexo VI una vez publicadas las listas de aprobados del segundo ejercicio,
en el plazo que determine el Tribunal.
El Servicio de Recursos Humanos, en su caso, expedirá las certificaciones de
aquellos méritos a valorar en la Fase de Concurso que consten en los expedientes
personales. Los méritos que no consten en el expediente han de ser alegados y
acreditados documentalmente por los interesados en el plazo que determine el Tribunal.
III. Calificación final de las pruebas
La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de oposición, por los aspirantes que hayan superado
los dos ejercicios de dicha fase, y la fase de concurso.
En caso de empate, el orden de preferencia se establecerá atendiendo a la mayor
calificación obtenida en la fase de oposición y, de persistir, a la mayor obtenida en el
segundo ejercicio de esta.
ANEXO V
Baremo procesos de acceso libre a personal fijo o temporal
Segunda Adenda al Acuerdo entre Gerencia y Comité de Empresa sobre normas
generales del Baremo aplicable a los procesos de provisión y selección temporal de
PTGAS laboral de 25 de octubre de 2023
1. Antigüedad y experiencia. Puntuación máxima 60 puntos.
La antigüedad en cualquier puesto de trabajo de la Universidad de León y el
desempeño de puestos de trabajo directamente relacionados con la plaza convocada, o
con el área y especialidad a la que pertenezca, y en la misma categoría de la plaza,
serán valorados de la siguiente forma:
– Se valorarán los meses completos acreditados.
– Las jornadas superiores a tiempo completo computarán como jornadas a tiempo
completo.
– Se aplicará la Tabla de Valoraciones siguiente teniendo en cuenta que la
antigüedad y la experiencia son dos conceptos diferentes y compatibles entre sí:
Máximo 60
a) Antigüedad en la ULE en (contratos para puestos de RPT y otros cuya selección de personal derive de las bolsas de trabajo
generadas por procesos en concurrencia competitiva para PTGAS laboral no incluidos en el apartado d).
0.1
b) Experiencia específica en la ULE (contratos para puestos de RPT y otros cuya selección de personal derive de las bolsas de trabajo
generadas por procesos en concurrencia competitiva para PTGAS laboral no incluidos en el apartado d).
0.4
c) Experiencia específica en Universidades del II Convenio PAS laboral Univ. Castilla y León.
0.2
d) Experiencia específica derivada de contratos descritos en los artículo 4.2 y 4.3 del II Convenio PAS laboral Univ. Castilla y León y
otros contratos laborales en la ULE no valorados en otros apartados.
0.1
cve: BOE-A-2025-15183
Verificable en https://www.boe.es
Antigüedad (en cualquier categoría) y experiencia específica
(en la misma categoría, área y especialidad)
Núm. 175
Martes 22 de julio de 2025
II.
Sec. II.B. Pág. 97868
Fase de concurso
La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio, representará el 30 % de la
puntuación del proceso selectivo y los puntos obtenidos en ella no podrán aplicarse para
superar los ejercicios de la fase de oposición.
La fase de concurso se realizará una vez concluida la fase de oposición, y solo
participarán en ella los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
Se valorarán los méritos indicados en el anexo V, referidos al último día del plazo de
presentación de solicitudes.
La documentación correspondiente a los méritos a valorar será presentada en el
modelo del anexo VI una vez publicadas las listas de aprobados del segundo ejercicio,
en el plazo que determine el Tribunal.
El Servicio de Recursos Humanos, en su caso, expedirá las certificaciones de
aquellos méritos a valorar en la Fase de Concurso que consten en los expedientes
personales. Los méritos que no consten en el expediente han de ser alegados y
acreditados documentalmente por los interesados en el plazo que determine el Tribunal.
III. Calificación final de las pruebas
La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de oposición, por los aspirantes que hayan superado
los dos ejercicios de dicha fase, y la fase de concurso.
En caso de empate, el orden de preferencia se establecerá atendiendo a la mayor
calificación obtenida en la fase de oposición y, de persistir, a la mayor obtenida en el
segundo ejercicio de esta.
ANEXO V
Baremo procesos de acceso libre a personal fijo o temporal
Segunda Adenda al Acuerdo entre Gerencia y Comité de Empresa sobre normas
generales del Baremo aplicable a los procesos de provisión y selección temporal de
PTGAS laboral de 25 de octubre de 2023
1. Antigüedad y experiencia. Puntuación máxima 60 puntos.
La antigüedad en cualquier puesto de trabajo de la Universidad de León y el
desempeño de puestos de trabajo directamente relacionados con la plaza convocada, o
con el área y especialidad a la que pertenezca, y en la misma categoría de la plaza,
serán valorados de la siguiente forma:
– Se valorarán los meses completos acreditados.
– Las jornadas superiores a tiempo completo computarán como jornadas a tiempo
completo.
– Se aplicará la Tabla de Valoraciones siguiente teniendo en cuenta que la
antigüedad y la experiencia son dos conceptos diferentes y compatibles entre sí:
Máximo 60
a) Antigüedad en la ULE en (contratos para puestos de RPT y otros cuya selección de personal derive de las bolsas de trabajo
generadas por procesos en concurrencia competitiva para PTGAS laboral no incluidos en el apartado d).
0.1
b) Experiencia específica en la ULE (contratos para puestos de RPT y otros cuya selección de personal derive de las bolsas de trabajo
generadas por procesos en concurrencia competitiva para PTGAS laboral no incluidos en el apartado d).
0.4
c) Experiencia específica en Universidades del II Convenio PAS laboral Univ. Castilla y León.
0.2
d) Experiencia específica derivada de contratos descritos en los artículo 4.2 y 4.3 del II Convenio PAS laboral Univ. Castilla y León y
otros contratos laborales en la ULE no valorados en otros apartados.
0.1
cve: BOE-A-2025-15183
Verificable en https://www.boe.es
Antigüedad (en cualquier categoría) y experiencia específica
(en la misma categoría, área y especialidad)