Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala Superior de Especialistas en Transporte, Infraestructuras y Seguridad de los Organismos Autónomos y las Agencias Estatales del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. (BOE-A-2025-15149)
Resolución de 14 de julio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica la relación provisional de personas admitidas y excluidas y se anuncia fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Superior de Especialistas en Transporte, Infraestructuras y Seguridad de los Organismos Autónomos y las Agencias Estatales del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, especialidades Seguridad en el Transporte Aéreo y Operaciones y Navegación Aéreas, convocado por Resolución de 18 de mayo de 2025.
<< 2 << Página 2
Página 3 Pág. 3
-
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175

Martes 22 de julio de 2025

NIF

Apellidos y nombre

Sec. II.B. Pág. 97812

Causa de exclusión

***7981**

GRIMALDI DOMINGUEZ, ALEJANDRO.

D/L/N/O

***5023**

JAIMES VILLAMIZAR, CLAUDIA LUCINDA.

L/N

***0978**

ORTEGA LEMA, DAVID.

L/N

***0240**

PERUCHA GALLEGO, LARA MARIA.

D/L/N

***7070**

PRIMO HUERTA, JAVIER.

L/N/O

***1507**

ZELEDON MARTINEZ, ALBERTO.

J/L/N/O

Causas de exclusión:

cve: BOE-A-2025-15149
Verificable en https://www.boe.es

A. Los días de permanencia en inscripción en los Servicios Públicos de Empleo son
inferiores a los establecidos en la base 4.14.b) de las bases de la convocatoria.
B. No ha sido posible verificar que percibe rentas inferiores al Salario Mínimo
Interprofesional.
C. No acredita percibir rentas inferiores al Salario Mínimo Interprofesional.
D. No ha sido posible verificar la titulación académica.
E. Está en posesión de una titulación académica distinta de las recogidas en la
base 3.7 de la convocatoria.
F. No procede la exención del pago de la tasa por familia numerosa especial, sino
la reducción por familia numerosa general.
G. No ha sido posible verificar la condición de familia numerosa general o especial.
H. No ha sido posible verificar la condición de discapacidad con un grado igual o
superior al 33 %.
I. Se opone a la verificación de los datos expresados en la solicitud (titulación
académica y DNI) y no aporta la misma.
J. No autoriza la verificación de la documentación para la exención del pago de la
tasa y no aporta la misma.
K. No aporta la documentación de nacionalidad a que hace referencia el apartado
décimo, 1.2 de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
L. No elige perfil consignado en el recuadro 16 de la solicitud.
M. No cumple con los requisitos específicos establecidos en la base 3.9 de la
convocatoria para el perfil por que se opte.
N. No aporta la documentación requerida para comprobar el cumplimiento de los
requisitos específicos establecidos en la base 3.9 de la convocatoria para el perfil por
que se opte.
O. Opta por más de una especialidad, incumpliendo lo establecido en el
apartado 2.5 de las bases de la convocatoria.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X