Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-14936)
Resolución de 7 de julio de 2025, de la Universidad de Cantabria, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Auxiliar de Biblioteca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 172

Viernes 18 de julio de 2025

Sec. II.B. Pág. 96674

Con el fin de garantizar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá
publicar, con anterioridad a la realización de cada una de las pruebas, los criterios de
corrección, valoración y superación de la misma, que no estén expresamente
establecidos en las bases de esta convocatoria.
3.

Fase de concurso

En la fase de concurso se valorarán los estudios académicos realizados y los
servicios efectivos prestados como funcionario de carrera, funcionario interino o personal
laboral en Universidades Públicas y en otras Administraciones Públicas, méritos todos
ellos referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3.1

Estudios académicos:

Se valorará la titulación oficial o estudios académicos oficiales realizados, siempre
que sean superiores a los exigidos para participar en estas pruebas, de acuerdo con la
siguiente escala:
Bachiller Superior o equivalente: 1,6 puntos.
Graduado, Diplomado Universitario o equivalente 2,4 puntos.
Licenciatura o equivalente, Máster Universitario: 3,2 puntos.
Solo se valorará una titulación, la de mayor nivel académico y en caso de poseer dos
titulaciones del mismo nivel académico, sólo se valorará una de ellas.
3.2

Valoración de servicios prestados:

Se valorarán los servicios efectivos prestados como funcionario de carrera,
funcionario interino o personal laboral en Universidades Públicas y en otras
Administraciones Públicas de acuerdo con la siguiente escala:

La puntuación máxima que se pueda obtener en este apartado es 16,8 puntos.
Para acreditar los servicios prestados en Universidades Públicas u otras
Administraciones Públicas, será necesario aportar certificados de servicios prestados o,
su caso, contratos laborales, y el informe de vida laboral.
Los servicios prestados a tiempo parcial, se valorarán proporcionalmente al
coeficiente especificado en el informe de vida laboral.
Para la valoración de los méritos correspondientes a los servicios prestados en la
Universidad de Cantabria, no será preciso que el interesado presente certificación
referida a méritos que consten en su expediente personal, que se expedirá de oficio por
el Servicio de Personal de Administración y Servicios. En el caso de la titulación, deberá
aportarse documentación acreditativa suficiente, salvo que conste ya también en los
citados archivos.

cve: BOE-A-2025-14936
Verificable en https://www.boe.es

a) Servicios prestados como funcionario de carrera, funcionario interino o personal
laboral en Universidades Públicas en puestos del mismo o superior subgrupo de
clasificación y de la misma o equivalente especialidad a los de las plazas convocadas:
2,4 puntos por año completo, con un máximo de 16,8 puntos. Se valorarán meses
completos trabajados a razón de 2,4/12 puntos/mes.
b) Servicios prestados como funcionario de carrera, funcionario interino o personal
laboral en Universidades Públicas en puestos de inferior subgrupo de clasificación y de
la misma o equivalente especialidad a los de las plazas convocadas: 1,6 puntos por año
completo, con un máximo de 16,8 puntos. Se valorarán meses completos trabajados a
razón de 1,6/12 puntos/mes.
c) Servicios prestados en cualquier Administración Pública y no valorados en los
apartados anteriores: 0,8 puntos por año completo, con un máximo de 16,8 puntos. Se
valorarán meses completos trabajados a razón de 0,8/12 puntos/mes.