Comisión Nacional Del Mercado de Valores. III. Otras disposiciones. Mercado de valores. (BOE-A-2025-14960)
Resolución de 7 de julio de 2025, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se publica la sanción por infracción muy grave impuesta a don Manuel Barba Panal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 172
Viernes 18 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 96933
III. OTRAS DISPOSICIONES
COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES
14960
Resolución de 7 de julio de 2025, de la Comisión Nacional del Mercado de
Valores, por la que se publica la sanción por infracción muy grave impuesta a
don Manuel Barba Panal.
Siendo firme en vía administrativa la sanción impuesta a don Manuel Barba Panal,
por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 282.16 c) de la Ley
del Mercado de Valores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015,
de 23 de octubre, en relación con el artículo 14 c) del Reglamento (UE) n.º 596/2014, del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre el abuso de mercado,
se procede a publicar, conforme a lo establecido en el artículo 335 de la Ley 6/2023,
de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión y en virtud
de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 41 del Acuerdo de 5 de marzo de 2025 del
Consejo de la CNMV, sobre delegación de competencias (BOE de 12 de marzo
de 2025), en relación con lo previsto en el artículo 59 del mismo acuerdo, la sanción
impuesta mediante Resolución del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de
Valores de fecha 5 de marzo de 2025 que, tras la exposición de hechos y fundamentos
jurídicos, concluye con el siguiente acuerdo:
– Imponer a don Manuel Barba Panal, por la comisión de una infracción muy grave
tipificada en el artículo 282.16 c) de la Ley del Mercado de Valores, texto refundido
aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, en relación con el
artículo 14 c) del Reglamento (UE) n.º 596/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 16 de abril de 2014, sobre el abuso de mercado, por la comunicación ilícita de
información privilegiada a un tercero relativa a la posible exclusión de negociación de la
totalidad de las acciones de Greenalia, SA, y la formulación, a tal efecto, y si fuera
necesario, de una oferta pública de adquisición de acciones, hecha pública por la
emisora mediante la Comunicación de Información Privilegiada de 2 de mayo de 2022, a
las 23:10 horas, una sanción de multa por importe de 70.000 euros (setenta mil euros).
La resolución que impone la sanción, antes citada, únicamente ha devenido firme en
vía administrativa, siendo susceptible de revisión jurisdiccional por la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
cve: BOE-A-2025-14960
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 7 de julio de 2025.–El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de
Valores, Carlos San Basilio Pardo.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 172
Viernes 18 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 96933
III. OTRAS DISPOSICIONES
COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES
14960
Resolución de 7 de julio de 2025, de la Comisión Nacional del Mercado de
Valores, por la que se publica la sanción por infracción muy grave impuesta a
don Manuel Barba Panal.
Siendo firme en vía administrativa la sanción impuesta a don Manuel Barba Panal,
por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 282.16 c) de la Ley
del Mercado de Valores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015,
de 23 de octubre, en relación con el artículo 14 c) del Reglamento (UE) n.º 596/2014, del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre el abuso de mercado,
se procede a publicar, conforme a lo establecido en el artículo 335 de la Ley 6/2023,
de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión y en virtud
de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 41 del Acuerdo de 5 de marzo de 2025 del
Consejo de la CNMV, sobre delegación de competencias (BOE de 12 de marzo
de 2025), en relación con lo previsto en el artículo 59 del mismo acuerdo, la sanción
impuesta mediante Resolución del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de
Valores de fecha 5 de marzo de 2025 que, tras la exposición de hechos y fundamentos
jurídicos, concluye con el siguiente acuerdo:
– Imponer a don Manuel Barba Panal, por la comisión de una infracción muy grave
tipificada en el artículo 282.16 c) de la Ley del Mercado de Valores, texto refundido
aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, en relación con el
artículo 14 c) del Reglamento (UE) n.º 596/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 16 de abril de 2014, sobre el abuso de mercado, por la comunicación ilícita de
información privilegiada a un tercero relativa a la posible exclusión de negociación de la
totalidad de las acciones de Greenalia, SA, y la formulación, a tal efecto, y si fuera
necesario, de una oferta pública de adquisición de acciones, hecha pública por la
emisora mediante la Comunicación de Información Privilegiada de 2 de mayo de 2022, a
las 23:10 horas, una sanción de multa por importe de 70.000 euros (setenta mil euros).
La resolución que impone la sanción, antes citada, únicamente ha devenido firme en
vía administrativa, siendo susceptible de revisión jurisdiccional por la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
cve: BOE-A-2025-14960
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 7 de julio de 2025.–El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de
Valores, Carlos San Basilio Pardo.
https://www.boe.es
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