Ministerio de Cultura. II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Destinos. (BOE-A-2025-14893)
Orden CLT/763/2025, de 10 de julio, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Orden CLT/565/2025, de 26 de mayo, en el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 172

Viernes 18 de julio de 2025

Sec. II.A. Pág. 96441

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE CULTURA
14893

Orden CLT/763/2025, de 10 de julio, por la que se resuelve la convocatoria
de libre designación, efectuada por Orden CLT/565/2025, de 26 de mayo, en
el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.

Por Orden CLT/565/2025, de 26 de mayo, («Boletín Oficial del Estado» del día 3 de
junio de 2025), se anunció convocatoria para la provisión de un puesto de trabajo por el
sistema de libre designación en el Instituto de la Cinematografía y las Artes
Audiovisuales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.b) y c) de la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y 127
del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas en
materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.
Acreditada la observancia de lo previsto en el artículo 4.3 de la Orden TDF/379/2024,
de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los procedimientos de provisión
de puestos del personal directivo público profesional y las herramientas para su gestión
en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el
que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública,
régimen local y mecenazgo, así como el cumplimiento de los requisitos y
especificaciones exigidos en la convocatoria y la idoneidad para el desempeño del
puesto, de acuerdo con la valoración efectuada por los Asesores expertos designados, la
persona titular de este Ministerio dispone resolver la referida convocatoria en los
términos que se expresan en el anexo.
El régimen de toma de posesión del nuevo destino será el establecido en el
artículo 48, al que remite el artículo 57, del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por
el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la
Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en
el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, recurso
contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo ContenciosoAdministrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9.1. a) de la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o, potestativamente y
con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano
que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.

cve: BOE-A-2025-14893
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Madrid, 10 de julio de 2025.–El Ministro de Cultura, P.D. (Orden CLT/503/2024, de 27
de mayo), la Subsecretaria de Cultura, María del Carmen Páez Soria.