Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-14665)
Resolución de 8 de julio de 2025, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza de personal laboral fijo de la categoría de Técnico Auxiliar de Laboratorio.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 169

Martes 15 de julio de 2025

Sec. II.B. Pág. 94674

Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo deberán realizar la
presentación de las solicitudes a través del procedimiento telemático específico
establecido por la Universidad de Cádiz, mediante firma electrónica, y accesible desde la
propia Sede Electrónica de la Universidad de Cádiz:
https://sedelectronica.uca.es/procedimientos/?proc=529
La presentación electrónica de la solicitud requiere del uso del certificado digital de la
persona interesada. Una vez cumplimentado el formulario de solicitud y aportados, en su
caso, los documentos requeridos y/o méritos a valorar en la fase de concurso, la solicitud
deberá ser firmada electrónicamente. Posteriormente, se deberá pulsar el botón
«Presentar», obteniéndose entonces un recibo en el que figurará el código de registro,
fecha y hora de presentación. La obtención de dicho recibo será documento justificativo
de la presentación de la solicitud, por lo que no podrá entenderse que han concluido los
trámites de presentación de la misma si no se ha obtenido el citado recibo.
Habiéndose establecido expresamente formulario de participación, este será de uso
obligatorio por las personas interesadas. La no cumplimentación del formulario en el
tiempo y en la forma descrita o la falta de firma del formulario supondrá la inadmisión de
la persona aspirante.
3.2 Las personas interesadas deberán acompañar a la solicitud la siguiente
documentación:
a) Copia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad de
extranjero, en vigor.
b) Copia de la titulación académica exigida en la convocatoria. Los documentos que
acreditan estar en posesión de la titulación académica son el título oficial, certificación
supletoria vigente o resguardo acreditativo del abono de los derechos de expedición.
c) Para la valoración de la fase de concurso, deberán presentar junto a la solicitud
la relación de méritos alegados, según modelo disponible en la página web del Área de
Personal https://personal.uca.es/convocatoria-pas/, así como la documentación
acreditativa de los mismos. Quienes presten o hayan prestado servicios como personal
de la Universidad de Cádiz sólo tendrán que alegar los méritos, no siendo necesario
adjuntar la documentación justificativa, excepto que la misma no conste en el expediente
del Área de Personal.
No se admitirá la alegación de nuevos méritos una vez finalizado el plazo de
presentación de solicitudes.
d) Resguardo acreditativo del abono de los derechos de examen. Los derechos
de examen serán de 15 euros, y se ingresarán en la cuenta corriente número
ES69-0049-4870-86-2816096467, abierta en el Banco Santander a nombre de «Universidad
de Cádiz», indicando «PS TAL IQ TA 25 + nombre de la persona aspirante».
La falta de pago de la tasa por derechos de examen durante el plazo de presentación
de solicitudes no es subsanable y determinará la exclusión de la persona aspirante. En
ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del
trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Estarán exentos del pago de los derechos de examen:

a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo
acompañar a la solicitud el certificado en vigor acreditativo de tal condición expedido por
el órgano competente.
b) Las personas desempleadas durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la
fecha de publicación de esta convocatoria, debiendo aportar vida laboral actualizada a
fecha de periodo de solicitud.
c) Las víctimas de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, de
acuerdo con la normativa vigente, quedarán eximidas del pago de los derechos de
examen mediante justificación documental de la resolución administrativa o judicial firme
del reconocimiento de tal condición.

cve: BOE-A-2025-14665
Verificable en https://www.boe.es

3.3