Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-14665)
Resolución de 8 de julio de 2025, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza de personal laboral fijo de la categoría de Técnico Auxiliar de Laboratorio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 169

Martes 15 de julio de 2025

Sec. II.B. Pág. 94681

anterior, tal y como se señala a continuación. Cada ejercicio será valorado de 0
a 10 puntos. Para aprobar la fase de oposición, que tendrá carácter eliminatorio, será
necesario obtener como mínimo 10 puntos y, al menos, 5 puntos en cada uno de los
ejercicios realizados.
B)
1.

Fase de concurso

Experiencia profesional.

Se valorará la prestación de servicios en el desempeño de funciones propias del
correspondiente puesto de trabajo, según lo establecido en la RPT y dentro del área
funcional de la plaza convocada, conforme a los criterios específicos que establezca el
Tribunal, según lo establecido a continuación:
a) Por servicios prestados en la Universidad de Cádiz: 0,615/365 puntos por día de
servicios prestados.
b) Por servicios prestados en otras Administraciones Públicas: 0,307/365 puntos
por día de servicios prestados.
A los efectos de esta valoración, sólo se tendrá en cuenta la experiencia acreditada
mediante contrato laboral previsto en el Estatuto de los Trabajadores o en el
correspondiente convenio colectivo o relación funcionarial equivalente, no valorándose
otro tipo de vinculación que no sea con dicha relación contractual o funcionarial.
El período máximo valorable será de siete años inmediatamente anteriores a la
finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La puntuación máxima de este apartado será de 4,31 puntos.
2.

Antigüedad.

– Por haber prestado servicios en cualquier Administración Pública: 0,538/365 puntos
por día de servicios prestados, hasta un máximo de 3,77 puntos.
A los efectos de esta valoración, sólo se tendrá en cuenta la experiencia acreditada
mediante contrato laboral previsto en el Estatuto de los Trabajadores o en el
correspondiente convenio colectivo o relación funcionarial equivalente, no valorándose
otro tipo de vinculación que no sea con dicha relación contractual o funcionarial.
La puntuación máxima de este apartado será de 3,77 puntos.
Formación.

a) Solo se valorarán los cursos de formación organizados por organismo oficial de
formación, que estén directamente relacionados con la plaza convocada y hayan sido
realizados en los últimos diez años, y con anterioridad a la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes.
b) No se valorarán las instrucciones de servicio.
c) Por haber realizado cursos de formación de menos de quince horas de duración,
en los que se haya expedido certificado de asistencia: 0,269 puntos por curso.
d) Por haber realizado cursos de formación de menos de quince horas de duración,
en los que se haya expedido certificado de aprovechamiento: 0,336 puntos por curso.
e) Por haber realizado cursos de formación de duración igual o superior a quince
horas, en los que se haya expedido certificado de asistencia: 0,448 puntos por curso.
f) Por haber realizado cursos de formación de duración igual o superior a quince
horas, en los que se haya expedido certificado de aprovechamiento: 0,673 puntos por
curso.
g) Los cursos de formación cuyo certificado no acredite su carácter de asistencia o
de aprovechamiento, serán valorados como de asistencia.

cve: BOE-A-2025-14665
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3.