Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-14689)
Resolución de 7 de julio de 2025, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Digital y el Defensor del Pueblo, para la prestación del servicio distribuido de Nómina Estándar de la Administración General del Estado y el Servicio de visualización de nóminas Servinómina.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 169
Martes 15 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 95389
Décimo.
Que es de interés general para las partes firmantes dar respuesta al objetivo común
de incrementar la eficacia y la eficiencia de las Administraciones, facilitar la aplicación de
economías de escala y contribuir a la racionalización y simplificación de la actuación
administrativa.
Por todo ello, ambas partes suscriben el presente convenio, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
Es objeto del presente convenio:
1. La puesta a disposición por parte de la Agencia Estatal de Administración Digital
(en adelante, AEAD) del servicio distribuido de Nómina Estándar de la Administración
General del Estado (en adelante, NEDAES), por el que se suministran distribuciones de
la aplicación para su instalación y explotación sobre una infraestructura gestionada por el
Defensor del Pueblo, que permite realizar el tratamiento automatizado de las nóminas de
su personal adscrito, en los términos que se especifican en el presente convenio. Con la
firma de este convenio, el Defensor del Pueblo adquiere la condición de Centro Usuario
de NEDAES.
2. Asimismo, la AEAD también pone a disposición del Defensor del Pueblo el
servicio distribuido de visualización de nóminas Servinómina, en los términos y
condiciones que se establecen en el anexo IV del presente convenio.
Segunda.
Obligaciones de la AEAD.
La AEAD se compromete a cumplir con las obligaciones que se exponen a
continuación:
a) Mantenimiento correctivo: Corrección de aquellos errores o fallos de funcionamiento
que pudieran detectarse en el aplicativo y que se derivaran de defectos en la
programación o en el diseño. Incluye la modificación y entrega de los programas o de las
modificaciones a los programas de la aplicación, pero no su instalación (que corresponde
al mantenimiento del entorno de explotación).
b) Mantenimiento adaptativo: Introducción de modificaciones en el aplicativo que
obedecen a cambios de normativa o cambios de versión del software de base. Incluye la
modificación y entrega de los programas o de las modificaciones a los programas de la
aplicación, pero no su instalación (que corresponde al mantenimiento del entorno de
explotación).
c) Mantenimiento evolutivo: Incorporación de mejoras de carácter tecnológico o
funcional, con el objeto de garantizar la permanente actualización y mejora del servicio a
través del aprovechamiento de la evolución tecnológica y mediante el desarrollo e
incorporación de nuevas funcionalidades, metodologías o herramientas para la gestión
cve: BOE-A-2025-14689
Verificable en https://www.boe.es
1. Garantizar la continua incorporación de mejoras y nuevas funcionalidades en la
aplicación NEDAES, su evolución tecnológica, su adaptación a las frecuentes
modificaciones normativas que le afectan, la pronta resolución de los errores o
incidencias, imputables a la aplicación NEDAES, que pudieran producirse en el servicio
NEDAES en producción, así como el análisis y desarrollo de otras funcionalidades
incorporables a la aplicación de ayuda a la gestión económica de los recursos humanos
que deban incorporarse de manera temporal o permanente en el servicio. A tal efecto, se
responsabiliza de la realización de todas las tareas concernientes al mantenimiento del
aplicativo.
Núm. 169
Martes 15 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 95389
Décimo.
Que es de interés general para las partes firmantes dar respuesta al objetivo común
de incrementar la eficacia y la eficiencia de las Administraciones, facilitar la aplicación de
economías de escala y contribuir a la racionalización y simplificación de la actuación
administrativa.
Por todo ello, ambas partes suscriben el presente convenio, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
Es objeto del presente convenio:
1. La puesta a disposición por parte de la Agencia Estatal de Administración Digital
(en adelante, AEAD) del servicio distribuido de Nómina Estándar de la Administración
General del Estado (en adelante, NEDAES), por el que se suministran distribuciones de
la aplicación para su instalación y explotación sobre una infraestructura gestionada por el
Defensor del Pueblo, que permite realizar el tratamiento automatizado de las nóminas de
su personal adscrito, en los términos que se especifican en el presente convenio. Con la
firma de este convenio, el Defensor del Pueblo adquiere la condición de Centro Usuario
de NEDAES.
2. Asimismo, la AEAD también pone a disposición del Defensor del Pueblo el
servicio distribuido de visualización de nóminas Servinómina, en los términos y
condiciones que se establecen en el anexo IV del presente convenio.
Segunda.
Obligaciones de la AEAD.
La AEAD se compromete a cumplir con las obligaciones que se exponen a
continuación:
a) Mantenimiento correctivo: Corrección de aquellos errores o fallos de funcionamiento
que pudieran detectarse en el aplicativo y que se derivaran de defectos en la
programación o en el diseño. Incluye la modificación y entrega de los programas o de las
modificaciones a los programas de la aplicación, pero no su instalación (que corresponde
al mantenimiento del entorno de explotación).
b) Mantenimiento adaptativo: Introducción de modificaciones en el aplicativo que
obedecen a cambios de normativa o cambios de versión del software de base. Incluye la
modificación y entrega de los programas o de las modificaciones a los programas de la
aplicación, pero no su instalación (que corresponde al mantenimiento del entorno de
explotación).
c) Mantenimiento evolutivo: Incorporación de mejoras de carácter tecnológico o
funcional, con el objeto de garantizar la permanente actualización y mejora del servicio a
través del aprovechamiento de la evolución tecnológica y mediante el desarrollo e
incorporación de nuevas funcionalidades, metodologías o herramientas para la gestión
cve: BOE-A-2025-14689
Verificable en https://www.boe.es
1. Garantizar la continua incorporación de mejoras y nuevas funcionalidades en la
aplicación NEDAES, su evolución tecnológica, su adaptación a las frecuentes
modificaciones normativas que le afectan, la pronta resolución de los errores o
incidencias, imputables a la aplicación NEDAES, que pudieran producirse en el servicio
NEDAES en producción, así como el análisis y desarrollo de otras funcionalidades
incorporables a la aplicación de ayuda a la gestión económica de los recursos humanos
que deban incorporarse de manera temporal o permanente en el servicio. A tal efecto, se
responsabiliza de la realización de todas las tareas concernientes al mantenimiento del
aplicativo.