Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma del País Vasco. Convenio. (BOE-A-2025-8780)
Resolución de 23 de abril de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la Comunidad Autónoma del País Vasco, para la cesión del uso de diversas aplicaciones informáticas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 106
Viernes 2 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 59747
No obstante lo anterior, si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución
del convenio existen actuaciones en curso de ejecución, las partes, a propuesta de la
comisión mixta de seguimiento prevista en la cláusula quinta, podrán acordar la
continuación y finalización de las actuaciones en curso que consideren oportunas,
estableciendo un plazo improrrogable para su finalización.
Novena.
Publicidad y transparencia.
En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, este
convenio se publicará en la página web del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y
Seguridad Social, sin perjuicio de su publicación en otras páginas web, tanto de la
Administración General del Estado, como de la Comunidad Autónoma, para favorecer su
publicidad.
Y, en prueba de conformidad, las partes firman electrónicamente el presente
convenio, en el lugar donde se encuentran sus respectivas sedes, entendiéndose como
fecha de firma aquella en la que el mismo sea suscrito por el último de los firmantes.–Por
el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, la Directora, Cristina
Fernández González.–Por la Comunidad Autónoma del País Vasco, el Vicepresidente
Segundo del Gobierno y Consejero de Economía, Trabajo y Empleo, Miguel Torres
Lorenzo.
ANEXO I
Términos de uso de la aplicación Ariadna
1.
Objeto del anexo
El presente anexo tiene por objeto establecer los términos y las condiciones
aplicables para la utilización por parte de la Comunidad Autónoma de la aplicación
Ariadna, cuya titularidad corresponde al Organismo Estatal Inspección de Trabajo y
Seguridad Social.
2.
Descripción de la aplicación
3.
Modalidades de uso
La Comunidad Autónoma podrá utilizar la aplicación Ariadna en dos modalidades:
a)
Modalidad básica.
Esta modalidad permite la transmisión de documentos e información entre el
Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la autoridad laboral
cve: BOE-A-2025-8780
Verificable en https://www.boe.es
Ariadna es una aplicación informática dirigida a facilitar la tramitación electrónica del
procedimiento sancionador en el orden social. En los casos en que el órgano competente
para resolver el procedimiento sancionador es la autoridad laboral autonómica, Ariadna
permite transmitir información entre el organismo que realiza la actuación inspectora y la
autoridad laboral competente de la Comunidad Autónoma, así como impulsar el
procedimiento y realizar los trámites que conforman dicho procedimiento en un entorno
integrado.
Asimismo, el acceso a la aplicación Ariadna incluye también el acceso a un servicio
de gestión de apoderamientos, a través del cual los interesados podrán tramitar
apoderamientos para actuar ante el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y
Seguridad Social o ante un órgano competente para realizar actuaciones inspectoras o
para resolver un procedimiento sancionador.
Núm. 106
Viernes 2 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 59747
No obstante lo anterior, si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución
del convenio existen actuaciones en curso de ejecución, las partes, a propuesta de la
comisión mixta de seguimiento prevista en la cláusula quinta, podrán acordar la
continuación y finalización de las actuaciones en curso que consideren oportunas,
estableciendo un plazo improrrogable para su finalización.
Novena.
Publicidad y transparencia.
En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, este
convenio se publicará en la página web del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y
Seguridad Social, sin perjuicio de su publicación en otras páginas web, tanto de la
Administración General del Estado, como de la Comunidad Autónoma, para favorecer su
publicidad.
Y, en prueba de conformidad, las partes firman electrónicamente el presente
convenio, en el lugar donde se encuentran sus respectivas sedes, entendiéndose como
fecha de firma aquella en la que el mismo sea suscrito por el último de los firmantes.–Por
el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, la Directora, Cristina
Fernández González.–Por la Comunidad Autónoma del País Vasco, el Vicepresidente
Segundo del Gobierno y Consejero de Economía, Trabajo y Empleo, Miguel Torres
Lorenzo.
ANEXO I
Términos de uso de la aplicación Ariadna
1.
Objeto del anexo
El presente anexo tiene por objeto establecer los términos y las condiciones
aplicables para la utilización por parte de la Comunidad Autónoma de la aplicación
Ariadna, cuya titularidad corresponde al Organismo Estatal Inspección de Trabajo y
Seguridad Social.
2.
Descripción de la aplicación
3.
Modalidades de uso
La Comunidad Autónoma podrá utilizar la aplicación Ariadna en dos modalidades:
a)
Modalidad básica.
Esta modalidad permite la transmisión de documentos e información entre el
Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la autoridad laboral
cve: BOE-A-2025-8780
Verificable en https://www.boe.es
Ariadna es una aplicación informática dirigida a facilitar la tramitación electrónica del
procedimiento sancionador en el orden social. En los casos en que el órgano competente
para resolver el procedimiento sancionador es la autoridad laboral autonómica, Ariadna
permite transmitir información entre el organismo que realiza la actuación inspectora y la
autoridad laboral competente de la Comunidad Autónoma, así como impulsar el
procedimiento y realizar los trámites que conforman dicho procedimiento en un entorno
integrado.
Asimismo, el acceso a la aplicación Ariadna incluye también el acceso a un servicio
de gestión de apoderamientos, a través del cual los interesados podrán tramitar
apoderamientos para actuar ante el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y
Seguridad Social o ante un órgano competente para realizar actuaciones inspectoras o
para resolver un procedimiento sancionador.