Ministerio de Industria y Turismo. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Procedimientos de libre designación. (BOE-A-2025-8594)
Resolución de 24 de abril de 2025, de la Subsecretaría, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación, en las Consejerías de Turismo en las Misiones Diplomáticas de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 104

Miércoles 30 de abril de 2025

Sec. II.B. Pág. 58275

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO
8594

Resolución de 24 de abril de 2025, de la Subsecretaría, por la que se
convoca la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre
designación, en las Consejerías de Turismo en las Misiones Diplomáticas de
España.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 80 de Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público y en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas
para la Reforma de la Función Pública y de conformidad con el Real Decreto 810/2006,
de 30 de junio, de organización, funciones y provisión de puestos de trabajo de las
Consejerías de Turismo en las Misiones Diplomáticas de España, modificado por el Real
Decreto 217/2015, de 27 de marzo,
El Instituto de Turismo de España acuerda anunciar la provisión, por el
procedimiento de libre designación, de los puestos de trabajo que se relacionan en el
anexo I de la presente resolución.
La presente convocatoria se regirá por las siguientes bases:
Primera.
Los puestos de trabajo que se convocan por la presente resolución podrán ser
solicitados por los funcionarios que reúnan los requisitos establecidos para el
desempeño de los mismos. De acuerdo con el artículo 7 del Real Decreto 810/2006,
de 30 de junio, para poder ser designado para un puesto de consejero/consejera en una
Consejería de Turismo se exigirán los siguientes requisitos:

Segunda.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir
del siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta convocatoria.
La presentación de solicitudes se realizará a través de medios electrónicos. Para ello
se cumplimentarán en los modelos normalizados y preimpresos que aparecen en la
siguiente dirección de internet: sede.serviciosmin.gob.es, anexo II, siguiendo los trámites
concretos de gestión administrativa y los criterios específicos de utilización de técnicas

cve: BOE-A-2025-8594
Verificable en https://www.boe.es

a) Pertenecer a alguno de los cuerpos de funcionarios de la Administración General
del Estado clasificados en el grupo A1, según lo establecido en la correspondiente
relación de puestos de trabajo y cumplir los demás requisitos establecidos en el Real
Decreto 810/2006, de 30 de junio.
b) Encontrarse a la fecha de publicación de la convocatoria en alguna de las
situaciones administrativas relacionadas en el artículo 85 de Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público y en el artículo 2 del Reglamento de
Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del
Estado, aprobado por Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, excluidas la excedencia
voluntaria por interés particular, la excedencia voluntaria incentivada y la suspensión de
funciones.
c) Conocer los idiomas que requiera la correspondiente relación de puestos de
trabajo y que se especifican en el anexo I de esta convocatoria.