Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-8643)
Resolución de 22 de abril de 2025, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad Alfonso X el Sabio Mare Nostrum, para el desarrollo de tesis doctorales y colaboración en programas de doctorado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 104

Miércoles 30 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 58560

El CSIC se estructura en Institutos, Centros de investigación, unidades y órganos de
dirección y apoyo a la investigación (ICU), y Centros Nacionales (CN), con capacidad
para acoger a doctorandos/as.
La Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, en su
artículo 34.1, establece que los agentes públicos de financiación o ejecución del Sistema
Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, incluidas las Administraciones Públicas, las
universidades públicas, los organismos públicos de investigación de la Administración
General del Estado, los consorcios y fundaciones participadas por las administraciones
públicas, los organismos de investigación de otras administraciones públicas, y los centros e
instituciones del Sistema Nacional de Salud, podrán suscribir convenios sujetos al derecho
administrativo. Podrán celebrar estos convenios los propios agentes públicos entre sí, o con
agentes privados que realicen actividades de investigación científica y técnica, nacionales,
supranacionales o extranjeros, para la realización conjunta de, entre otras, las siguientes
actividades: formación de personal científico y técnico y divulgación científica y tecnológica.
6.º Que la Universidad Alfonso X el Sabio Mare Nostrum (en adelante, la
Universidad), con domicilio social en calle Casas de Campos, 4, Málaga 29001, y con
NIF A-42792747, de acuerdo con sus Estatutos, es una institución de derecho privado
dotada de personalidad jurídica y patrimonio propios, para la consecución de sus fines y
el desarrollo de sus funciones, que goza de autonomía de acuerdo con el artículo 27.10
de la Constitución y la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario
(BOE de 23 de marzo). Entre otras funciones, la Universidad se dedica a la enseñanza e
investigación superior universitaria, que diseña e imparte programas de formación de
grado, postgrado y doctorado y que tiene como competencias y objetivos la creación,
desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, de la técnica y de la cultura, así como la
aplicación de conocimientos y métodos científicos en todos los campos.
7.º Que la Universidad, dentro del marco establecido por la citada Ley
Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (BOE de 23 de marzo), y la
normativa estatal, autonómica o universitaria que, en desarrollo de la misma, resulte de
aplicación, imparte programas de Doctorado conducentes a una formación avanzada en
técnicas de investigación, que permitan la elaboración y presentación de la
correspondiente tesis doctoral, consistente en un trabajo original de investigación, para la
obtención del título de Doctorado por la Universidad.
8.º Que tanto el CSIC como la Universidad desean colaborar en la formación de los/las
matriculados/as en un programa de doctorado de la universidad (en adelante,
doctorandos/as) para darles la oportunidad de combinar los conocimientos teóricos con los de
contenido práctico y llevar a cabo, bajo la supervisión de su director/a(es/as) de tesis, el
desarrollo de ensayos o investigaciones relacionados con la elaboración de su tesis doctoral.
9.º Que ambas partes consideran aconsejable promover la cooperación y
colaboración en el desarrollo de un programa de prácticas externas para universitarios/as,
con la finalidad de prepararles para el ejercicio profesional en áreas científicas
relacionadas con su formación universitaria, facilitándoles la inserción en el mercado de
trabajo y la mejora de su empleabilidad futura, desarrollándose las mismas conforme a lo
establecido en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios.

CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

1. El objeto del presente convenio es regular la colaboración entre el CSIC y la
Universidad Alfonso X el Sabio Mare Nostrum, para el desarrollo de tesis doctorales,
actividades prácticas y colaboración en programas de doctorado en los Institutos,
Centros, unidades del CSIC (en adelante, ICU), y Centros Nacionales (en adelante, CN).

cve: BOE-A-2025-8643
Verificable en https://www.boe.es

Por todo lo anteriormente expuesto, la Universidad y el CSIC suscriben este
convenio, que se regirá por las siguientes