Ministerio de SanidadV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Municipios. Denominaciones. (BOE-B-2025-15693)
Extracto de la Resolución de 13 de marzo de 2025, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se convoca la concesión de ayudas económicas para el desarrollo de proyectos de investigación sobre adicciones en el año 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103
Martes 29 de abril de 2025
Sec. V-B. Pág. 23631
programa 231A "Plan Nacional sobre Drogas" de los Presupuestos Generales del
Estado prorrogados para 2025 hasta una cuantía inicial de 609.790 euros que será
distribuido en dos anualidades, tal y como se indica en el artículo 9, apartado 4 de
la convocatoria. La distribución definitiva de las cuantías por concepto
presupuestario será realizada una vez se disponga de la propuesta de resolución
de concesión definitiva y en virtud de la naturaleza de las entidades investigadoras
a subvencionar.
Además de las cuantías previstas en el apartado anterior, la financiación de las
subvenciones podrá verse aumentada con la ampliación de una cuantía adicional
en la aplicación 26.18.231A.781, de acuerdo con lo establecido en el artículo 58,
apartado 2a), 4ª del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba
el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, con una cuantía máxima de
1.609.790 €, quedando condicionada la efectividad de la cuantía adicional a la
disponibilidad del crédito como consecuencia de la circunstancia señalada
anteriormente.
En todo caso, en el supuesto de ampliación de los créditos, previa tramitación
del correspondiente expediente de gasto, sin necesidad de nueva convocatoria, los
créditos finalmente disponibles se publicarán en el Boletín Oficial del Estado, con
carácter previo a la resolución de concesión, sin que tal publicidad implique la
apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes, ni el inicio de nuevo cómputo
de plazo para resolver, de acuerdo a lo establecido en el artículo 58 del Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el
BOE. Tanto la solicitud propiamente dicha como el proyecto para el que se solicite
subvención, deberán presentarse necesariamente dentro de dicho plazo. De no
hacerlo, se considerará excluida la solicitud.
Sexto. Otros datos
El texto completo de la convocatoria estará también a disposición de los
interesados en la página web del Ministerio de Sanidad https://
pnsd.sanidad.gob.es/
Madrid, 13 de marzo de 2025.- El Secretario de Estado de Sanidad.
P.D.(Orden SND/147/2025, de 7 de febrero). El Delegado del Gobierno para el
Plan Nacional sobre Drogas. Joan R. Villalbí Hereter.
cve: BOE-B-2025-15693
Verificable en https://www.boe.es
ID: A250019079-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 103
Martes 29 de abril de 2025
Sec. V-B. Pág. 23631
programa 231A "Plan Nacional sobre Drogas" de los Presupuestos Generales del
Estado prorrogados para 2025 hasta una cuantía inicial de 609.790 euros que será
distribuido en dos anualidades, tal y como se indica en el artículo 9, apartado 4 de
la convocatoria. La distribución definitiva de las cuantías por concepto
presupuestario será realizada una vez se disponga de la propuesta de resolución
de concesión definitiva y en virtud de la naturaleza de las entidades investigadoras
a subvencionar.
Además de las cuantías previstas en el apartado anterior, la financiación de las
subvenciones podrá verse aumentada con la ampliación de una cuantía adicional
en la aplicación 26.18.231A.781, de acuerdo con lo establecido en el artículo 58,
apartado 2a), 4ª del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba
el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, con una cuantía máxima de
1.609.790 €, quedando condicionada la efectividad de la cuantía adicional a la
disponibilidad del crédito como consecuencia de la circunstancia señalada
anteriormente.
En todo caso, en el supuesto de ampliación de los créditos, previa tramitación
del correspondiente expediente de gasto, sin necesidad de nueva convocatoria, los
créditos finalmente disponibles se publicarán en el Boletín Oficial del Estado, con
carácter previo a la resolución de concesión, sin que tal publicidad implique la
apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes, ni el inicio de nuevo cómputo
de plazo para resolver, de acuerdo a lo establecido en el artículo 58 del Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el
BOE. Tanto la solicitud propiamente dicha como el proyecto para el que se solicite
subvención, deberán presentarse necesariamente dentro de dicho plazo. De no
hacerlo, se considerará excluida la solicitud.
Sexto. Otros datos
El texto completo de la convocatoria estará también a disposición de los
interesados en la página web del Ministerio de Sanidad https://
pnsd.sanidad.gob.es/
Madrid, 13 de marzo de 2025.- El Secretario de Estado de Sanidad.
P.D.(Orden SND/147/2025, de 7 de febrero). El Delegado del Gobierno para el
Plan Nacional sobre Drogas. Joan R. Villalbí Hereter.
cve: BOE-B-2025-15693
Verificable en https://www.boe.es
ID: A250019079-1
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