Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-8467)
Resolución de 9 de abril de 2025, de la Universidad Carlos III de Madrid, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza de personal laboral.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 102
Lunes 28 de abril de 2025
Sec. II.B. Pág. 57459
aplicable a los mismos en el anexo III de esta convocatoria. En ningún caso los puntos
obtenidos en esta fase podrán ser computados para superar los ejercicios que se hayan
realizado en la fase de oposición.
Para que el Tribunal valore los méritos alegados, será requisito necesario e
imprescindible que quienes hayan superado la fase de oposición aporten justificación
documental de todos y cada uno de estos méritos en el plazo de diez días hábiles
contados desde el siguiente a la publicación de la relación de aspirantes que hayan
superado la fase de oposición, de conformidad con lo establecido en la base 6.1.
Para la valoración de los méritos alegados, el Tribunal tomará para su cómputo como
fecha límite, en su caso, la de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
6.3
Valoración final.
La puntuación global del proceso selectivo vendrá determinada por la media
ponderada de las calificaciones obtenidas en la fase de oposición y la de concurso,
correspondiendo a la fase de oposición el 70 por 100 y a la fase de concurso el 30
por 100 del total, no pudiendo resultar aprobadas, tras la suma de ellas, un número
mayor de personas que el total de plazas convocadas.
En el caso de que al proceder a la ordenación de aspirantes se produjesen empates,
estos se resolverán atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:
1) Mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
2) Mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.
3) Mayor puntuación obtenida en la prueba práctica (segundo ejercicio) de la fase
de oposición.
Si aún persistiera el empate, este se dirimirá atendiendo al orden alfabético,
conforme a la letra del sorteo indicado en la base 7.2.
Calendario y desarrollo de los ejercicios
7.1 La fecha del inicio del proceso selectivo se publicará en la página web de la
Universidad Carlos III de Madrid indicada en la base 3.1.
7.2 Las personas admitidas a participar en este proceso serán convocadas para la
realización del primer ejercicio en único llamamiento, siendo excluidas de la oposición
quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y
libremente apreciados por el Tribunal. El orden de llamamiento de aspirantes, en caso de
requerirlo las actuaciones, vendrá determinado por la letra «U», según la Resolución
de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de Función Pública de la Comunidad
de Madrid (BOCM de 25 de marzo).
7.3 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento
de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos de
participación exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia de la misma,
propondrá su exclusión al Sr. Rector, dando traslado, asimismo, de las inexactitudes o
falsedades formuladas por el/la aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas
selectivas a los efectos procedentes. Esta resolución pondrá fin a la vía administrativa y,
consiguientemente, la persona interesada podrá formular el recurso contenciosoadministrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid,
en el plazo de dos meses previa comunicación al Rector de la Universidad y,
potestativamente, recurso de reposición ante este Rectorado en el plazo de un mes, en
los términos de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
8.
Listas de aspirantes aprobados
8.1 Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal hará pública en la página web
indicada en la base 3.1 la lista de aspirantes que lo hayan superado por el orden de
cve: BOE-A-2025-8467
Verificable en https://www.boe.es
7.
Núm. 102
Lunes 28 de abril de 2025
Sec. II.B. Pág. 57459
aplicable a los mismos en el anexo III de esta convocatoria. En ningún caso los puntos
obtenidos en esta fase podrán ser computados para superar los ejercicios que se hayan
realizado en la fase de oposición.
Para que el Tribunal valore los méritos alegados, será requisito necesario e
imprescindible que quienes hayan superado la fase de oposición aporten justificación
documental de todos y cada uno de estos méritos en el plazo de diez días hábiles
contados desde el siguiente a la publicación de la relación de aspirantes que hayan
superado la fase de oposición, de conformidad con lo establecido en la base 6.1.
Para la valoración de los méritos alegados, el Tribunal tomará para su cómputo como
fecha límite, en su caso, la de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
6.3
Valoración final.
La puntuación global del proceso selectivo vendrá determinada por la media
ponderada de las calificaciones obtenidas en la fase de oposición y la de concurso,
correspondiendo a la fase de oposición el 70 por 100 y a la fase de concurso el 30
por 100 del total, no pudiendo resultar aprobadas, tras la suma de ellas, un número
mayor de personas que el total de plazas convocadas.
En el caso de que al proceder a la ordenación de aspirantes se produjesen empates,
estos se resolverán atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:
1) Mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
2) Mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.
3) Mayor puntuación obtenida en la prueba práctica (segundo ejercicio) de la fase
de oposición.
Si aún persistiera el empate, este se dirimirá atendiendo al orden alfabético,
conforme a la letra del sorteo indicado en la base 7.2.
Calendario y desarrollo de los ejercicios
7.1 La fecha del inicio del proceso selectivo se publicará en la página web de la
Universidad Carlos III de Madrid indicada en la base 3.1.
7.2 Las personas admitidas a participar en este proceso serán convocadas para la
realización del primer ejercicio en único llamamiento, siendo excluidas de la oposición
quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y
libremente apreciados por el Tribunal. El orden de llamamiento de aspirantes, en caso de
requerirlo las actuaciones, vendrá determinado por la letra «U», según la Resolución
de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de Función Pública de la Comunidad
de Madrid (BOCM de 25 de marzo).
7.3 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento
de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos de
participación exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia de la misma,
propondrá su exclusión al Sr. Rector, dando traslado, asimismo, de las inexactitudes o
falsedades formuladas por el/la aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas
selectivas a los efectos procedentes. Esta resolución pondrá fin a la vía administrativa y,
consiguientemente, la persona interesada podrá formular el recurso contenciosoadministrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid,
en el plazo de dos meses previa comunicación al Rector de la Universidad y,
potestativamente, recurso de reposición ante este Rectorado en el plazo de un mes, en
los términos de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
8.
Listas de aspirantes aprobados
8.1 Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal hará pública en la página web
indicada en la base 3.1 la lista de aspirantes que lo hayan superado por el orden de
cve: BOE-A-2025-8467
Verificable en https://www.boe.es
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