Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-8463)
Resolución de 16 de abril de 2025, de la Universidad Pública de Navarra, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 28 de abril de 2025

Sec. II.B. Pág. 57382

También podrá participar quien sea cónyuge de personas con nacionalidad española,
con nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea o con nacionalidad de los
Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales
mencionados, siempre que no estén separados de derecho, así como los descendientes
de estos y los descendientes del cónyuge, siempre que no medie separación de
derecho, que sean menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus
expensas.
b) Ser mayor de 16 años y no haber cumplido la edad de jubilación.
c) No padecer enfermedad ni estar afectada/o por limitación física o psíquica que
impida el desempeño de las funciones correspondientes a las plazas convocadas.
d) No haber sido separada/o, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitada/o para el desempeño
de funciones públicas. En el caso de las personas aspirantes que no posean la
nacionalidad española, el cumplimiento de este requisito comportará no hallarse
sometida/o a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a
la función pública.
e) Haber sido acreditada/o para el cuerpo de Profesores y Profesoras Titulares de
Universidad, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio,
por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes
universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos.
Asimismo, podrán presentarse al concurso las personas que hayan sido acreditadas
para el acceso al cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, según lo establecido en
el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación
nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios, y quienes resultaran
habilitadas/os conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por
el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a cuerpos de
funcionarios docentes universitarios y el régimen de los concurso de acceso respectivos.
Igualmente, podrá presentarse el profesorado de universidades de Estados
miembros de la Unión Europea que haya alcanzado posición equivalente a la de
Catedrático/a o Profesor/a Titular de Universidad, de acuerdo a la certificación emitida
por la Agencia Nacional de Evaluación, Certificación y Acreditación, a solicitud de la
persona interesada. En estos casos, el nivel de conocimiento del idioma castellano
necesario para el desempeño de su labor docente deberá ser acreditado a lo largo del
proceso selectivo, para lo cual la comisión de selección correspondiente podrá
establecer pruebas específicas destinadas a verificar su cumplimiento.
f) En el caso de plazas que requieran capacitación lingüística en euskera, estar en
posesión del Título E.G.A. o titulación oficial equivalente al nivel C1 del Marco Común
Europeo de Referencia para las Lenguas, o acreditación de la capacitación lingüística
para ejercer docencia en euskera en la Universidad Pública de Navarra emitida por el
órgano competente en materia de profesorado de la Universidad Pública de Navarra.
De conformidad con lo establecido en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de
fecha 25 de mayo de 2004, modificado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de
fecha 7 de mayo de 2009, aquellas personas aspirantes que no puedan acreditar
documentalmente su capacitación lingüística en euskera deberán solicitar la acreditación
de su nivel de conocimiento de euskera mediante la realización de una prueba de nivel,
que será efectuada por la Comisión para la Valoración del Conocimiento del euskera.
Estas personas deberán cumplimentar la solicitud que se encuentra en la dirección:
https://www2.unavarra.es/gesadj/registroGeneral/instancias/recursos-humanos/
prueba-euskera.pdf
g) En el caso de plazas con capacitación lingüística en inglés, estar en posesión de
título o certificado acreditativo del nivel C1 o superior conforme al Marco Común Europeo
de Referencia para las Lenguas (MCER), o de titulación reconocida oficialmente
equivalente, estando supeditada su validez a las especificaciones del respectivo
organismo emisor.

cve: BOE-A-2025-8463
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 102