Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Procedimientos de libre designación. (BOE-A-2025-8430)
Orden AUC/398/2025, de 16 de abril, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 102
Lunes 28 de abril de 2025
Sec. II.B. Pág. 57327
Tercera.
Junto con la solicitud, las personas candidatas acompañarán:
– Su curriculum vitae, en el que se harán constar los títulos académicos, los puestos
de trabajo desempeñados, actividades formativas realizadas y cualquier otra información
dirigida a acreditar el cumplimiento de los requisitos y competencias profesionales.
– Justificación por escrito de la idoneidad para el puesto al que se aspira, en relación
con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.
– Cuestionario de autoevaluación cumplimentado dirigido a valorar las competencias
directivas (anexo III).
Cuarta.
Mediante resolución de la Subdirección General de Personal se designará un mínimo
de dos personas encargadas del asesoramiento del órgano convocante durante la
resolución de la convocatoria, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4.3 de la
Orden TDF/379/2024, de 26 de abril.
A fin de valorar las competencias directivas y el cumplimiento del perfil requerido
para el puesto, durante la tramitación de la presente convocatoria se celebrarán
entrevistas a aquellos aspirantes que, a juicio de las personas designadas para ejercer la
asesoría del órgano competente para el nombramiento, posean un perfil profesional más
ajustado al del puesto convocado. Dichas entrevistas serán comunicadas a los
aspirantes con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas. Finalizadas las
entrevistas, los asesores realizarán cada uno un único informe de valoración.
Quinta.
El nombramiento se efectuará en el plazo de un mes contado desde la finalización
del de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta otro mes.
Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al
de su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, con
arreglo a lo dispuesto en el artículo 9.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o potestativamente y con carácter previo,
recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la
dictó, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
cve: BOE-A-2025-8430
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 16 de abril de 2025.–El Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación, P. D. (Orden AUC/462/2021, de 28 de abril), el Subsecretario de Asuntos
Exteriores, Unión Europea y Cooperación, Xavier Martí Martí.
Núm. 102
Lunes 28 de abril de 2025
Sec. II.B. Pág. 57327
Tercera.
Junto con la solicitud, las personas candidatas acompañarán:
– Su curriculum vitae, en el que se harán constar los títulos académicos, los puestos
de trabajo desempeñados, actividades formativas realizadas y cualquier otra información
dirigida a acreditar el cumplimiento de los requisitos y competencias profesionales.
– Justificación por escrito de la idoneidad para el puesto al que se aspira, en relación
con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.
– Cuestionario de autoevaluación cumplimentado dirigido a valorar las competencias
directivas (anexo III).
Cuarta.
Mediante resolución de la Subdirección General de Personal se designará un mínimo
de dos personas encargadas del asesoramiento del órgano convocante durante la
resolución de la convocatoria, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4.3 de la
Orden TDF/379/2024, de 26 de abril.
A fin de valorar las competencias directivas y el cumplimiento del perfil requerido
para el puesto, durante la tramitación de la presente convocatoria se celebrarán
entrevistas a aquellos aspirantes que, a juicio de las personas designadas para ejercer la
asesoría del órgano competente para el nombramiento, posean un perfil profesional más
ajustado al del puesto convocado. Dichas entrevistas serán comunicadas a los
aspirantes con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas. Finalizadas las
entrevistas, los asesores realizarán cada uno un único informe de valoración.
Quinta.
El nombramiento se efectuará en el plazo de un mes contado desde la finalización
del de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta otro mes.
Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al
de su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, con
arreglo a lo dispuesto en el artículo 9.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o potestativamente y con carácter previo,
recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la
dictó, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
cve: BOE-A-2025-8430
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 16 de abril de 2025.–El Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación, P. D. (Orden AUC/462/2021, de 28 de abril), el Subsecretario de Asuntos
Exteriores, Unión Europea y Cooperación, Xavier Martí Martí.