Ministerio de Hacienda. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2025-8400)
Resolución de 22 de abril de 2025, de la Presidencia de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, AAI, por la que se publica el Convenio con la Universidad Carlos III de Madrid, para articular las relaciones derivadas de la selección e incorporación de estudiantes en prácticas, en el marco del procedimiento convocado por Resolución de 20 de enero de 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101

Sábado 26 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 57069

estudiantes en prácticas en el marco del procedimiento convocado por Resolución de 20
de enero de 2025 (BOE de 23 de enero de 2025).
Segunda.

Régimen jurídico.

Este convenio es de naturaleza administrativa y queda excluido del ámbito de
aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
(artículo 6.1). Se regirá por lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público; el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se
regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios; el Real
Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante
Universitario; el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los
términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de
las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en
la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización,
adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social, establece los términos y
condiciones para la inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las
personas que participen en programas de formación financiados por entidades u
organismos públicos o privados; la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de
medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia (Disposición
adicional vigesimosexta); el Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la
revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social,
laboral y de empleo (Disposición adicional quinta); y la Resolución de 9 de enero
de 2025, de la Presidencia de la AIReF (BOE de 17 de enero de 2025).

No se adquirirán con los estudiantes becados por la AIReF ni por la Universidad
Carlos III de Madrid otras obligaciones o compromisos distintos de los contenidos en el
presente documento y en las normas citadas en la cláusula anterior.
La concesión y disfrute de las becas no genera relación contractual o estatutaria
alguna entre el becario y la AIReF o entre el becario y la Universidad Carlos III de Madrid
y, por consiguiente, no supondrá en ningún caso relación de empleo ni funcionarial con
los citados organismos ni compromiso alguno en cuanto a la posterior incorporación del
estudiante a sus plantillas.
La obligación de dar de alta en la Seguridad Social a los estudiantes en prácticas
corresponde a la Universidad Carlos III de Madrid, que asumirá la obligación de abonar
tanto la cuota que corresponda al estudiante en prácticas como la que corresponda a la
entidad concedente de la beca.
La Universidad Carlos III de Madrid será también la responsable de que se realicen
las correspondientes retenciones a cuenta en el Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas y su ingreso a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
La responsabilidad civil que pudiese surgir por la actuación del becario en el
desarrollo de sus funciones quedará cubierta por el correspondiente seguro, cuya póliza
será suscrita por la Universidad Carlos III de Madrid a tal efecto.
Tanto las cuotas correspondientes a la Seguridad Social, como la correspondiente al
seguro de responsabilidad civil, se podrán descontar de la dotación para la beca
concedida, minorando la cuantía a percibir por el alumno. Asimismo, se podrá descontar
de dicho importe hasta un máximo de 50 euros por alumno y mes, para atender gastos
de gestión.
Cuarta.

Características de las becas. Proyecto formativo.

De acuerdo con lo previsto en la Resolución de 9 de enero de 2025, de la
Presidencia de la AIReF, las becas están orientadas a la formación y la investigación en

cve: BOE-A-2025-8400
Verificable en https://www.boe.es

Tercera. Relaciones entre AIReF, la Universidad Carlos III de Madrid y los estudiantes
en prácticas.