Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Federación Española de Deportes de Montaña y Escalada. Estatutos. (BOE-A-2025-8403)
Resolución de 19 de marzo de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Federación Española de Deportes de Montaña y Escalada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101

Sábado 26 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 57092

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
8403

Resolución de 19 de marzo de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior
de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Federación Española
de Deportes de Montaña y Escalada.

En ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 14.g) de la Ley 39/2022
de 30 de diciembre, del Deporte, la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes
en su sesión de 12 de noviembre de 2024, ratificó la modificación de los Estatutos de la
Federación Española de Deportes de Montaña y Escalada, autorizando su inscripción en
el Registro Estatal de Entidades Deportivas.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 45.4 de la Ley 39/2022 de 30 de
diciembre, del Deporte y artículo 12.3 del Real Decreto 1835/1991 de 20 de diciembre,
sobre federaciones deportivas españolas, dispongo la publicación de los Estatutos de la
Federación Española de Deportes de Montaña y Escalada, contenidos en el anexo a la
presente resolución.
Madrid, 19 de marzo de 2025.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José
Manuel Rodríguez Uribes.
ANEXO
Estatutos de la Federación Española de Deportes de Montaña y Escalada
TÍTULO I
Denominación, objeto, actividades
CAPÍTULO 1
Denominación
Artículo 1.

a) La F.E.D.M.E. es una entidad privada, de utilidad pública, sin ánimo de lucro, que
goza de personalidad jurídica, patrimonio propio y plena capacidad de obrar para el
cumplimiento de sus fines.
b) La F.E.D.M.E. reúne, dentro del territorio español, a las Federaciones de ámbito
autonómico, asociaciones y clubes deportivos, técnicos, jueces y árbitros, y deportistas,
dedicados a la práctica o competición de los deportes de montaña y/o escalada en todas
y cada una de las modalidades que más adelante se especifican.
c) La F.E.D.M.E. se declara al margen de cualquier afiliación política, confesión
religiosa o clasificación social y se regirá por lo dispuesto en los presentes Estatutos, que
se ajustan a lo establecido en la Ley 10/90, de 15 de octubre, del Deporte, al Real
Decreto 1835/91 de 20 de diciembre, sobre Federaciones Deportivas Españolas y a sus
normas de desarrollo.

cve: BOE-A-2025-8403
Verificable en https://www.boe.es

La Federación Española de Deportes de Montaña y Escalada (en adelante
F.E.D.M.E.), se constituyó el 1 de julio de 1922 bajo la denominación «Federación
Española de Alpinismo», pasando a denominarse posteriormente «Federación Española
de Montañismo».