Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-8411)
Resolución de 16 de abril de 2025, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con el Museo Nacional del Prado, para la participación del Museo Nacional del Prado en el proyecto «Laboratorio permanente de público en Museos».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101
Sábado 26 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 57228
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CULTURA
8411
Resolución de 16 de abril de 2025, de la Dirección General de Patrimonio
Cultural y Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con el Museo
Nacional del Prado, para la participación del Museo Nacional del Prado en el
proyecto «Laboratorio permanente de público en Museos».
Con fecha 15 de abril de 2025 se ha firmado el Convenio entre el Ministerio de
Cultura y el Museo Nacional del Prado, para la participación del Museo Nacional del
Prado en el proyecto «Laboratorio permanente de público en Museos», por lo que
conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal
de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo a
esta resolución.
Madrid, 16 de abril de 2025.–La Directora General de Patrimonio Cultural y Bellas
Artes, María Ángeles Albert de León.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Cultura y el Museo Nacional del Prado,
para la participación del Museo Nacional del Prado en el proyecto «Laboratorio
permanente de público de Museos»
En Madrid, a 15 de abril de 2025.
REUNIDOS
De una parte, el Ministerio de Cultura, representado por doña María Ángeles Albert
de León, Directora General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, designada mediante
Real Decreto 1150/2024, de 11 de noviembre, y actuando en virtud de las competencias
que le vienen conferidas en el apartado cuarto.2.e) de la Orden CLT/503/2024, de 27 de
mayo, sobre fijación de límites para la administración de créditos para gastos y de
delegación de competencias.
Y de otra parte, el Museo Nacional del Prado, representado por don Miguel Falomir
Faus, Director, designado mediante Real Decreto 278/2017, de 17 de marzo, y actuando
en virtud de las facultades conferidas por el Real Decreto 433/2004, de 12 de marzo, en
su artículo 7.2.m), y el artículo 21.2 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio
de las Administraciones Públicas.
EXPONEN
I. Que conforme al artículo 15 del Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por
el que se reestructuran los departamentos ministeriales, corresponde al Ministerio de
Cultura la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de promoción,
protección y difusión del patrimonio histórico español, de los museos estatales y de las
artes, del libro, la lectura y la creación literaria, de las actividades cinematográficas y
audiovisuales y de los libros y bibliotecas estatales, así como la promoción y difusión de
cve: BOE-A-2025-8411
Verificable en https://www.boe.es
Las partes, en el carácter con el que intervienen, se reconocen recíprocamente plena
capacidad jurídica para el otorgamiento del presente convenio y, a tal efecto,
Núm. 101
Sábado 26 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 57228
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CULTURA
8411
Resolución de 16 de abril de 2025, de la Dirección General de Patrimonio
Cultural y Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con el Museo
Nacional del Prado, para la participación del Museo Nacional del Prado en el
proyecto «Laboratorio permanente de público en Museos».
Con fecha 15 de abril de 2025 se ha firmado el Convenio entre el Ministerio de
Cultura y el Museo Nacional del Prado, para la participación del Museo Nacional del
Prado en el proyecto «Laboratorio permanente de público en Museos», por lo que
conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal
de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo a
esta resolución.
Madrid, 16 de abril de 2025.–La Directora General de Patrimonio Cultural y Bellas
Artes, María Ángeles Albert de León.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Cultura y el Museo Nacional del Prado,
para la participación del Museo Nacional del Prado en el proyecto «Laboratorio
permanente de público de Museos»
En Madrid, a 15 de abril de 2025.
REUNIDOS
De una parte, el Ministerio de Cultura, representado por doña María Ángeles Albert
de León, Directora General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, designada mediante
Real Decreto 1150/2024, de 11 de noviembre, y actuando en virtud de las competencias
que le vienen conferidas en el apartado cuarto.2.e) de la Orden CLT/503/2024, de 27 de
mayo, sobre fijación de límites para la administración de créditos para gastos y de
delegación de competencias.
Y de otra parte, el Museo Nacional del Prado, representado por don Miguel Falomir
Faus, Director, designado mediante Real Decreto 278/2017, de 17 de marzo, y actuando
en virtud de las facultades conferidas por el Real Decreto 433/2004, de 12 de marzo, en
su artículo 7.2.m), y el artículo 21.2 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio
de las Administraciones Públicas.
EXPONEN
I. Que conforme al artículo 15 del Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por
el que se reestructuran los departamentos ministeriales, corresponde al Ministerio de
Cultura la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de promoción,
protección y difusión del patrimonio histórico español, de los museos estatales y de las
artes, del libro, la lectura y la creación literaria, de las actividades cinematográficas y
audiovisuales y de los libros y bibliotecas estatales, así como la promoción y difusión de
cve: BOE-A-2025-8411
Verificable en https://www.boe.es
Las partes, en el carácter con el que intervienen, se reconocen recíprocamente plena
capacidad jurídica para el otorgamiento del presente convenio y, a tal efecto,