Ministerio de Sanidad. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-8361)
Resolución de 16 de abril de 2025, de la Dirección General de Salud Pública y Equidad en Salud, por la que se publica el Convenio con la Sociedad Española de Enfermedades Infecciosas y Microbiología Clínica, para el desarrollo de actividades en el marco del abordaje de las infecciones de transmisión sexual.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 100
Viernes 25 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 56876
con respecto a cualquier información a la que tengan acceso con motivo del presente
convenio.
Asimismo, se comprometen a no publicar ni divulgar ningún dato que se considere
confidencial, excepto con permiso expreso de la contraparte
Undécima.
Publicidad y difusión de los resultados.
En todas las acciones contempladas en el presente convenio que se realicen por
parte de la SEIMC aparecerá el logo del Ministerio de Sanidad y la DCVIHT junto con el
de SEIMC y la firma de todas las instituciones firmantes.
Todas las partes se comprometen a destacar en cuantas actividades realicen para la
difusión de las previstas en este Convenio, la colaboración prestada por las otras partes
firmantes, así como a incorporar sus logotipos en cuantos materiales se reproduzcan y
utilicen para la publicidad o difusión de las actividades realizadas, previo el conocimiento
y el visto bueno de la otra parte implicada, de acuerdo con lo establecido en el Real
Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, por el que se establecen criterios de imagen
institucional y regula la producción documental y el material impreso de la Administración
General del Estado, y, la Resolución de 21 de marzo de 2013, de la Secretaría de Estado
de Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Guía de Comunicación Digital
para la Administración General del Estado.
Duodécima.
Resolución de controversias.
Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, ejecución,
resolución y efectos que puedan derivarse del presente convenio se resolverán entre las
partes de manera amistosa en el seno del mecanismo de seguimiento previsto en la
cláusula quinta.
Decimotercera.
Régimen jurídico.
El presente Convenio queda sometido al régimen jurídico de los convenios previsto
en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
Al tener naturaleza administrativa, el orden jurisdiccional Contencioso-Administrativo
será el competente para resolver las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre
las partes, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1 y 2 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Y en prueba de conformidad con cuanto queda estipulado, firman las partes el
presente documento, en una única versión electrónica.–Por la Dirección General de
Salud Pública y Equidad en Salud, el Director General de Salud Pública y Equidad en
Salud, Pedro Gullón Tosio.–Por la Sociedad Española de Enfermedades Infecciosas y
Microbiología Clínica, el Presidente de SEIMC, Federico García García
ANEXO
Concepto
Aportación MS Aportación SEIMC
–
–
Euros
Euros
Desarrollo y gestión de la plataforma virtual para el desarrollo de las actividades formativas y acreditación como
formación continuada.
10.000
2.000
Diseño, elaboración y difusión de materiales de formación específica sobre ITS destinados a profesionales
sanitarios y de diferentes ámbitos sociosanitarios, así como de IIPP y atención primaria.
15.000
6.000
cve: BOE-A-2025-8361
Verificable en https://www.boe.es
Presupuesto anualidad 2025
Núm. 100
Viernes 25 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 56876
con respecto a cualquier información a la que tengan acceso con motivo del presente
convenio.
Asimismo, se comprometen a no publicar ni divulgar ningún dato que se considere
confidencial, excepto con permiso expreso de la contraparte
Undécima.
Publicidad y difusión de los resultados.
En todas las acciones contempladas en el presente convenio que se realicen por
parte de la SEIMC aparecerá el logo del Ministerio de Sanidad y la DCVIHT junto con el
de SEIMC y la firma de todas las instituciones firmantes.
Todas las partes se comprometen a destacar en cuantas actividades realicen para la
difusión de las previstas en este Convenio, la colaboración prestada por las otras partes
firmantes, así como a incorporar sus logotipos en cuantos materiales se reproduzcan y
utilicen para la publicidad o difusión de las actividades realizadas, previo el conocimiento
y el visto bueno de la otra parte implicada, de acuerdo con lo establecido en el Real
Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, por el que se establecen criterios de imagen
institucional y regula la producción documental y el material impreso de la Administración
General del Estado, y, la Resolución de 21 de marzo de 2013, de la Secretaría de Estado
de Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Guía de Comunicación Digital
para la Administración General del Estado.
Duodécima.
Resolución de controversias.
Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, ejecución,
resolución y efectos que puedan derivarse del presente convenio se resolverán entre las
partes de manera amistosa en el seno del mecanismo de seguimiento previsto en la
cláusula quinta.
Decimotercera.
Régimen jurídico.
El presente Convenio queda sometido al régimen jurídico de los convenios previsto
en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
Al tener naturaleza administrativa, el orden jurisdiccional Contencioso-Administrativo
será el competente para resolver las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre
las partes, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1 y 2 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Y en prueba de conformidad con cuanto queda estipulado, firman las partes el
presente documento, en una única versión electrónica.–Por la Dirección General de
Salud Pública y Equidad en Salud, el Director General de Salud Pública y Equidad en
Salud, Pedro Gullón Tosio.–Por la Sociedad Española de Enfermedades Infecciosas y
Microbiología Clínica, el Presidente de SEIMC, Federico García García
ANEXO
Concepto
Aportación MS Aportación SEIMC
–
–
Euros
Euros
Desarrollo y gestión de la plataforma virtual para el desarrollo de las actividades formativas y acreditación como
formación continuada.
10.000
2.000
Diseño, elaboración y difusión de materiales de formación específica sobre ITS destinados a profesionales
sanitarios y de diferentes ámbitos sociosanitarios, así como de IIPP y atención primaria.
15.000
6.000
cve: BOE-A-2025-8361
Verificable en https://www.boe.es
Presupuesto anualidad 2025