Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Registro Civil. Gestión informatizada. (BOE-A-2025-8323)
Resolución de 11 de abril de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Aracena, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 100
Viernes 25 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 56529
acordar la entrada en servicio de Dicireg en la Oficina General del Registro Civil de
Aracena y en las oficinas colaboradoras del Registro Civil pertenecientes a su partido
judicial de Alájar, Almonaster la Real, Aroche, Arroyomolinos de León, Cala, Campofrío,
Cañaveral de León, Castaño del Robledo, Corteconcepción, Cortegana, Cortelazor,
Cumbres de Enmedio, Cumbres de San Bartolomé, Cumbres Mayores, Encinasola,
Fuenteheridos, Galaroza, Higuera de la Sierra, Hinojales, Jabugo, La Granada de RíoTinto, La Nava, Linares de la Sierra, Los Marines, Puerto Moral, Rosal de la Frontera,
Santa Ana la Real, Santa Olalla del Cala, Valdelarco y Zufre que han de hacerlo
simultáneamente con la referida Oficina General, en aplicación de lo dispuesto en la
disposición adicional quinta de la Ley 20/2011, de 21 de julio.
Por tanto, conforme a la potestad conferida a la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública mediante las disposiciones transitorias cuarta, octava y décima de
la Ley 20/2011, de 21 de julio, que le facultan para dictar la Resolución para la
implantación de la aplicación informática que haga posible el comienzo de las
previsiones de dicha ley, dispongo:
Primero.
1. Se aprueba la entrada en servicio efectiva, en las oficinas del Registro Civil del
partido judicial de Aracena, que comprende la Oficina General del Registro Civil de
Aracena y a las oficinas colaboradoras del Registro Civil de Alájar, Almonaster la Real,
Aroche, Arroyomolinos de León, Cala, Campofrío, Cañaveral de León, Castaño del
Robledo, Corteconcepción, Cortegana, Cortelazor, Cumbres de Enmedio, Cumbres de
San Bartolomé, Cumbres Mayores, Encinasola, Fuenteheridos, Galaroza, Higuera de la
Sierra, Hinojales, Jabugo, La Granada de Río-Tinto, La Nava, Linares de la Sierra, Los
Marines, Puerto Moral, Rosal de la Frontera, Santa Ana la Real, Santa Olalla del Cala,
Valdelarco y Zufre, de la aplicación informática denominada Dicireg, del Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, que permite el funcionamiento del
Registro Civil conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, a
las 00:00 horas del 2 de junio de 2025.
2. El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes proveerá, en
cuanto al posterior desarrollo tecnológico evolutivo, explotación y mantenimiento, de la
aplicación informática Dicireg.
3. A partir de la fecha de entrada en servicio, la Encargada y el personal que presta
servicio en las Oficinas reseñadas, deberán emplear dicha aplicación informática para la
gestión, tramitación procedimental y práctica de asientos en el Registro Civil.
1. A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación Dicireg, el Registro
Civil de Aracena pasará a denominarse Oficina General del Registro Civil de Aracena y
los Registros Civiles Municipales Delegados de Alájar, Almonaster la Real, Aroche,
Arroyomolinos de León, Cala, Campofrío, Cañaveral de León, Castaño del Robledo,
Corteconcepción, Cortegana, Cortelazor, Cumbres de Enmedio, Cumbres de San
Bartolomé, Cumbres Mayores, Encinasola, Fuenteheridos, Galaroza, Higuera de la
Sierra, Hinojales, Jabugo, La Granada de Río-Tinto, La Nava, Linares de la Sierra, Los
Marines, Puerto Moral, Rosal de la Frontera, Santa Ana la Real, Santa Olalla del Cala,
Valdelarco y Zufre pasarán a denominarse oficinas colaboradoras del Registro Civil de
Alájar, Almonaster la Real, Aroche, Arroyomolinos de León, Cala, Campofrío, Cañaveral
de León, Castaño del Robledo, Corteconcepción, Cortegana, Cortelazor, Cumbres de
Enmedio, Cumbres de San Bartolomé, Cumbres Mayores, Encinasola, Fuenteheridos,
Galaroza, Higuera de la Sierra, Hinojales, Jabugo, La Granada de Río-Tinto, La Nava,
Linares de la Sierra, Los Marines, Puerto Moral, Rosal de la Frontera, Santa Ana la Real,
Santa Olalla del Cala, Valdelarco y Zufre, según resultan creadas en virtud de lo
dispuesto en la disposición transitoria octava y en la disposición adicional quinta, ambas
cve: BOE-A-2025-8323
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Segundo.
Núm. 100
Viernes 25 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 56529
acordar la entrada en servicio de Dicireg en la Oficina General del Registro Civil de
Aracena y en las oficinas colaboradoras del Registro Civil pertenecientes a su partido
judicial de Alájar, Almonaster la Real, Aroche, Arroyomolinos de León, Cala, Campofrío,
Cañaveral de León, Castaño del Robledo, Corteconcepción, Cortegana, Cortelazor,
Cumbres de Enmedio, Cumbres de San Bartolomé, Cumbres Mayores, Encinasola,
Fuenteheridos, Galaroza, Higuera de la Sierra, Hinojales, Jabugo, La Granada de RíoTinto, La Nava, Linares de la Sierra, Los Marines, Puerto Moral, Rosal de la Frontera,
Santa Ana la Real, Santa Olalla del Cala, Valdelarco y Zufre que han de hacerlo
simultáneamente con la referida Oficina General, en aplicación de lo dispuesto en la
disposición adicional quinta de la Ley 20/2011, de 21 de julio.
Por tanto, conforme a la potestad conferida a la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública mediante las disposiciones transitorias cuarta, octava y décima de
la Ley 20/2011, de 21 de julio, que le facultan para dictar la Resolución para la
implantación de la aplicación informática que haga posible el comienzo de las
previsiones de dicha ley, dispongo:
Primero.
1. Se aprueba la entrada en servicio efectiva, en las oficinas del Registro Civil del
partido judicial de Aracena, que comprende la Oficina General del Registro Civil de
Aracena y a las oficinas colaboradoras del Registro Civil de Alájar, Almonaster la Real,
Aroche, Arroyomolinos de León, Cala, Campofrío, Cañaveral de León, Castaño del
Robledo, Corteconcepción, Cortegana, Cortelazor, Cumbres de Enmedio, Cumbres de
San Bartolomé, Cumbres Mayores, Encinasola, Fuenteheridos, Galaroza, Higuera de la
Sierra, Hinojales, Jabugo, La Granada de Río-Tinto, La Nava, Linares de la Sierra, Los
Marines, Puerto Moral, Rosal de la Frontera, Santa Ana la Real, Santa Olalla del Cala,
Valdelarco y Zufre, de la aplicación informática denominada Dicireg, del Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, que permite el funcionamiento del
Registro Civil conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, a
las 00:00 horas del 2 de junio de 2025.
2. El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes proveerá, en
cuanto al posterior desarrollo tecnológico evolutivo, explotación y mantenimiento, de la
aplicación informática Dicireg.
3. A partir de la fecha de entrada en servicio, la Encargada y el personal que presta
servicio en las Oficinas reseñadas, deberán emplear dicha aplicación informática para la
gestión, tramitación procedimental y práctica de asientos en el Registro Civil.
1. A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación Dicireg, el Registro
Civil de Aracena pasará a denominarse Oficina General del Registro Civil de Aracena y
los Registros Civiles Municipales Delegados de Alájar, Almonaster la Real, Aroche,
Arroyomolinos de León, Cala, Campofrío, Cañaveral de León, Castaño del Robledo,
Corteconcepción, Cortegana, Cortelazor, Cumbres de Enmedio, Cumbres de San
Bartolomé, Cumbres Mayores, Encinasola, Fuenteheridos, Galaroza, Higuera de la
Sierra, Hinojales, Jabugo, La Granada de Río-Tinto, La Nava, Linares de la Sierra, Los
Marines, Puerto Moral, Rosal de la Frontera, Santa Ana la Real, Santa Olalla del Cala,
Valdelarco y Zufre pasarán a denominarse oficinas colaboradoras del Registro Civil de
Alájar, Almonaster la Real, Aroche, Arroyomolinos de León, Cala, Campofrío, Cañaveral
de León, Castaño del Robledo, Corteconcepción, Cortegana, Cortelazor, Cumbres de
Enmedio, Cumbres de San Bartolomé, Cumbres Mayores, Encinasola, Fuenteheridos,
Galaroza, Higuera de la Sierra, Hinojales, Jabugo, La Granada de Río-Tinto, La Nava,
Linares de la Sierra, Los Marines, Puerto Moral, Rosal de la Frontera, Santa Ana la Real,
Santa Olalla del Cala, Valdelarco y Zufre, según resultan creadas en virtud de lo
dispuesto en la disposición transitoria octava y en la disposición adicional quinta, ambas
cve: BOE-A-2025-8323
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Segundo.