Ministerio de Transportes y Movilidad SostenibleV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Mercado de divisas. (BOE-B-2025-14854)
Anuncio de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible sobre la propuesta de resolución provisional de concesión de las ayudas de la segunda convocatoria de subvenciones en concurrencia no competitiva del Eco-incentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU correspondiente al periodo de elegibilidad 2023-2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 98
Miércoles 23 de abril de 2025
Sec. V-B. Pág. 22341
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
14854
Anuncio de la Se cre taría de Estado de Transporte s y Movilidad
Sostenible sobre la propuesta de resolución provisional de concesión
de las ayudas de la se gunda convocatoria de subve ncione s e n
concurre ncia no compe titiva de l Eco-ince ntivo para e l impulso de l
transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y
socioe conómico, e n e l marco de l Plan de Re cupe ración,
Transformación y Re silie ncia -financiado por la Unión Europe aNextGenerationEU correspondiente al periodo de elegibilidad 20232024.
BDNS (Identif.): 691014
Mediante la propuesta de resolución provisional de 16 de abril de 2025 de la
Secretaria de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible se aprueba la relación
provisional de solicitudes para las que se propone la concesión de la subvención
que figura en el anexo I de dicha propuesta, en la segunda convocatoria de
subvenciones del eco-incentivo para el impulso del transporte marítimo de
mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico, correspondiente al
periodo de elegibilidad 2023-2024.
En el anexo II se indica la relación de solicitudes para las que se propone su
desestimación por no cumplir los requisitos técnicos o económicos para
asignárseles subvención, de acuerdo con las condiciones de la Orden de 26 de
abril de 2023 que aprueba la segunda convocatoria y la Orden TMA/391/2022, de
26 de abril.
En el anexo III se incluye la relación de solicitudes para las que se propone la
inadmisión por no cumplir los requisitos necesarios para acceder a la concesión de
las subvenciones establecidos en la Orden TMA/391/2022, de 26 de abril,
especificando la causa o causas que motivan la inadmisión.
Se puede consultar la propuesta de resolución y los anexos en la Sede
Electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible en el siguiente
enlace:
https://sede.transportes.gob.es/areas-actividad/subvenciones/subvencionesprtr/programa-subvenciones-concurrencia-no-competitiva-eco-incentivo-impulsotransporte-maritimo-mercancias-basado-merito-ambiental-socioeconomico
Se concede igualmente un plazo de CINCO (5) días hábiles para que los
solicitantes propuestos como beneficiarios de una subvención superior a 30.000
euros presenten la acreditación del cumplimiento del requisito establecido en el
artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
La falta de presentación de esta acreditación antes de la aprobación de la
resolución de concesión determinará la inadmisión de la solicitud para obtener la
condición de beneficiario por incumplimiento de dicho requisito.
Antes de efectuar la propuesta de resolución definitiva, se efectuará el
cve: BOE-B-2025-14854
Verificable en https://www.boe.es
Se concede un plazo de CINCO (5) días hábiles para formular alegaciones y,
en su caso, renunciar a la subvención propuesta provisionalmente, ante la
Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible.
Núm. 98
Miércoles 23 de abril de 2025
Sec. V-B. Pág. 22341
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14854
Anuncio de la Se cre taría de Estado de Transporte s y Movilidad
Sostenible sobre la propuesta de resolución provisional de concesión
de las ayudas de la se gunda convocatoria de subve ncione s e n
concurre ncia no compe titiva de l Eco-ince ntivo para e l impulso de l
transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y
socioe conómico, e n e l marco de l Plan de Re cupe ración,
Transformación y Re silie ncia -financiado por la Unión Europe aNextGenerationEU correspondiente al periodo de elegibilidad 20232024.
BDNS (Identif.): 691014
Mediante la propuesta de resolución provisional de 16 de abril de 2025 de la
Secretaria de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible se aprueba la relación
provisional de solicitudes para las que se propone la concesión de la subvención
que figura en el anexo I de dicha propuesta, en la segunda convocatoria de
subvenciones del eco-incentivo para el impulso del transporte marítimo de
mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico, correspondiente al
periodo de elegibilidad 2023-2024.
En el anexo II se indica la relación de solicitudes para las que se propone su
desestimación por no cumplir los requisitos técnicos o económicos para
asignárseles subvención, de acuerdo con las condiciones de la Orden de 26 de
abril de 2023 que aprueba la segunda convocatoria y la Orden TMA/391/2022, de
26 de abril.
En el anexo III se incluye la relación de solicitudes para las que se propone la
inadmisión por no cumplir los requisitos necesarios para acceder a la concesión de
las subvenciones establecidos en la Orden TMA/391/2022, de 26 de abril,
especificando la causa o causas que motivan la inadmisión.
Se puede consultar la propuesta de resolución y los anexos en la Sede
Electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible en el siguiente
enlace:
https://sede.transportes.gob.es/areas-actividad/subvenciones/subvencionesprtr/programa-subvenciones-concurrencia-no-competitiva-eco-incentivo-impulsotransporte-maritimo-mercancias-basado-merito-ambiental-socioeconomico
Se concede igualmente un plazo de CINCO (5) días hábiles para que los
solicitantes propuestos como beneficiarios de una subvención superior a 30.000
euros presenten la acreditación del cumplimiento del requisito establecido en el
artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
La falta de presentación de esta acreditación antes de la aprobación de la
resolución de concesión determinará la inadmisión de la solicitud para obtener la
condición de beneficiario por incumplimiento de dicho requisito.
Antes de efectuar la propuesta de resolución definitiva, se efectuará el
cve: BOE-B-2025-14854
Verificable en https://www.boe.es
Se concede un plazo de CINCO (5) días hábiles para formular alegaciones y,
en su caso, renunciar a la subvención propuesta provisionalmente, ante la
Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible.