Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2025-8097)
Resolución de 11 de abril de 2025, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico, para la utilización conjunta de signos distintivos en actividades de internacionalización empresarial.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 21 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 55027

El signo distintivo «E de España» fue construido con una relación entre sus
elementos, según se detalla en el Manual de Identidad de ICEX. Esta relación no debe
ser alterada o rediseñada bajo ningún concepto.
En el Manual de Identidad Corporativa, anexo núm. 3 de este convenio, se describen
las características del signo distintivo «E de España».
ANEXO NÚM. 2
Anexo técnico
La combinación de ambos signos distintivos (el de la CCAA y los de ICEX descritos
en el anexo núm. 1 del presente convenio) deberá realizarse por yuxtaposición,
siguiendo las directrices del Manual de Identidad Corporativa de ICEX que se adjunta
como anexo núm. 3 al presente convenio, relacionadas con el Logotipo «E de España»,
manteniendo: tipografía, colores institucionales, retícula constructiva y proporciones
de la «E», variantes en blanco y negro, utilización sobre fondos de color, traducción
del símbolo «E de España» a otros idiomas, medidas y espacios libres, tamaños de
aplicación y tamaños mínimos de reproducción, usos incorrectos.
El logotipo de la CCAA deberá colocarse respetando la arquitectura de marca de
convivencia de la «E» con otras marcas, en cuanto a que deberá situarse a la derecha
de la «E», separado de ésta mediante una línea roja y centrado en la relación con el
logotipo «E». La distancia entre la línea y el logotipo «E de España» será de 2x desde la
«E» hasta la línea, y de 1,5x desde la línea hasta el logotipo de la Comunidad Autónoma.
Como excepción a lo indicado en el Manual de Identidad Corporativa, el logotipo de
la Comunidad Autónoma podrá ir a color, en lugar del blanco y negro establecido en el
Manual para las marcas sectoriales que conviven con la «E».
Cuando la conveniencia obligue a colocar el logotipo de la CCAA debajo, siempre
deberá llevar una línea para separar la línea base de «España» y el logotipo de la CCAA,
que deberá ir ajustado al ancho total del logotipo «E de España». La distancia entre la
línea base de «España» y la línea roja será equivalente al alto de un bloque de la «E».
ANEXO NÚM. 3
Logotipo «E de España». Manual de Identidad Corporativa de ICEX

cve: BOE-A-2025-8097
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 96