Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-7948)
Resolución de 14 de abril de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda modificativa del Convenio con Biovida Saude LTDA, sobre la prestación de asistencia sanitaria subvencionada a los emigrantes españoles residentes en el estado de Paraná (Brasil) que carecen de recursos suficientes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 94

Viernes 18 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 54406

Ambas partes, en las representaciones que ostentan, se reconocen legitimidad
suficiente para suscribir el presente convenio y, a tal fin,
EXPONEN
Que con fecha 8 de marzo de 2022, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones (Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior y Políticas de
Retorno) y Biovida Saude, LTDA, suscribieron en Madrid un convenio sobre la prestación
de la asistencia sanitaria subvencionada a los emigrantes españoles residentes en
Brasil– Estado de Paraná, carentes de recursos suficientes. Este convenio entró en vigor
el 1 de abril de 2022, fecha de su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, al que se refiere la
disposición adicional séptima de la Ley 40/2015 de 1 de octubre. Asimismo, siendo
publicado en el «Boletín Oficial del Estado» (núm. 90) el 15 de abril de 2022.
Que, en la cláusula quinta del mencionado convenio se establece que el número de
beneficiarios y el importe de la cuota podrán ser revisados anualmente durante la
vigencia del convenio mediante una adenda suscrita entre las partes.
En virtud de lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir la presente Adenda al
referido convenio, a efectos de establecer las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Importe.
Que se actualiza el importe correspondiente a abonar a Biovida Saude LTDA
establecido en la cláusula quinta del convenio suscrito entre el Ministerio de Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones (Dirección General de la Ciudadanía Española en el
Exterior y Políticas de Retorno) y Biovida Saude LTDA, modificando el primer párrafo de
dicha cláusula con la siguiente redacción:
«El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, a través de la
Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social abonará a la empresa
Biovida Saude LTDA, el importe correspondiente a la cuota mensual pactada, que
será de 2.433,70 reales brasileños mensuales por persona, que se corresponden
con 388,66 euros según el tipo de cambio de 1 euro=6,2617 reales brasileños,
aprobado por Resolución del Banco de España de 7 de marzo de 2025 (BOE de 8
de marzo de 2025), siendo diecisiete (17) el número estimado de beneficiarios
residentes en la demarcación de Paraná, en el que se incluyen a los ciudadanos
amparados por la Ley 3/2005, de 18 de marzo «Niños de la Guerra» y a los del
Real Decreto 8/2008 de 11 de enero, por el que se regula la prestación por razón
de necesidad a favor de los españoles residentes en el exterior y retornados.»
Segunda.

Compromiso de gasto y presupuesto.

«El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones asume como
cuantía máxima de compromiso económico en la aplicación del tiempo de
duración de este convenio la cifra de 79.286,64 euros, con un coste anual
de 79.286,64 euros.
Esta cantidad se distribuirá durante los ejercicios de su vigencia del siguiente
modo:
2025 (desde el 01/04/2025 hasta el 31/12/2025) 2026 (desde el 01/01/2026 hasta el 31/03/2026)

59.464,98 euros

19.821,66 euros

cve: BOE-A-2025-7948
Verificable en https://www.boe.es

Que se modifica la cláusula sexta del convenio con la siguiente redacción: