Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Personal docente interino. (BOE-A-2025-2371)
Orden EFD/116/2025, de 5 de febrero, por la que se regula la formación de listas de aspirantes a desempeñar puestos en régimen de interinidad en plazas de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en centros y programas de la acción educativa española en el exterior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Especialidades
Sábado 8 de febrero de 2025
Sec. I. Pág. 17652
Titulaciones para el desempeño de puestos en régimen de interinidad
ASESORÍA Y
PROCESOS DE
IMAGEN PERSONAL.
– Licenciatura en:
● Biología.
● Bioquímica.
● Farmacia.
● Medicina.
● Química.
– Ingeniería Química.
– Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y, además, acreditar como formación
complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes
enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
– Grado en:
Biología.
Biología Ambiental.
Biología Humana.
Biología Sanitaria.
Biomedicina.
Biomedicina Básica y Experimental.
Bioquímica.
Bioquímica y Biología Molecular.
Bioquímica y Ciencias Biomédicas.
Ciencias Biomédicas.
Enfermería.
Ingeniería Biomédica.
Ingeniería de la Salud.
Ingeniería de Procesos Químicos Industriales.
Ingeniería de Sistemas Biológicos.
Ingeniería en Química Industrial.
Ingeniería Química.
Farmacia.
Fisioterapia.
Medicina.
Microbiología.
Nutrición Humana y Dietética.
Odontología.
Podología.
Química.
CONSTRUCCIONES
CIVILES Y
EDIFICACIÓN.
– Arquitectura.
– Ingeniería:
● Caminos, Canales y Puertos.
● Industrial.
● De Materiales.
● Naval y Oceánica.
● Geológica.
● Montes.
● Agrónoma.
● Geodesia y cartografía.
– Arquitectura Técnica.
– Ingeniería Técnica:
● Industrial, en todas sus especialidades.
● De Obras Públicas en todas sus especialidades.
● En Topografía.
– Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo, y además, acreditar como formación
complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes
enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
– Grado en:
Arquitectura.
Arquitectura Naval.
Arquitectura Naval e Ingeniería de Sistemas Marinos.
Arquitectura Naval e Ingeniaría Marítima.
cve: BOE-A-2025-2371
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 34
Especialidades
Sábado 8 de febrero de 2025
Sec. I. Pág. 17652
Titulaciones para el desempeño de puestos en régimen de interinidad
ASESORÍA Y
PROCESOS DE
IMAGEN PERSONAL.
– Licenciatura en:
● Biología.
● Bioquímica.
● Farmacia.
● Medicina.
● Química.
– Ingeniería Química.
– Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo y, además, acreditar como formación
complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes
enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
– Grado en:
Biología.
Biología Ambiental.
Biología Humana.
Biología Sanitaria.
Biomedicina.
Biomedicina Básica y Experimental.
Bioquímica.
Bioquímica y Biología Molecular.
Bioquímica y Ciencias Biomédicas.
Ciencias Biomédicas.
Enfermería.
Ingeniería Biomédica.
Ingeniería de la Salud.
Ingeniería de Procesos Químicos Industriales.
Ingeniería de Sistemas Biológicos.
Ingeniería en Química Industrial.
Ingeniería Química.
Farmacia.
Fisioterapia.
Medicina.
Microbiología.
Nutrición Humana y Dietética.
Odontología.
Podología.
Química.
CONSTRUCCIONES
CIVILES Y
EDIFICACIÓN.
– Arquitectura.
– Ingeniería:
● Caminos, Canales y Puertos.
● Industrial.
● De Materiales.
● Naval y Oceánica.
● Geológica.
● Montes.
● Agrónoma.
● Geodesia y cartografía.
– Arquitectura Técnica.
– Ingeniería Técnica:
● Industrial, en todas sus especialidades.
● De Obras Públicas en todas sus especialidades.
● En Topografía.
– Cualquier titulación universitaria requerida para el ingreso en este Cuerpo, y además, acreditar como formación
complementaria haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones superiores antes
enumeradas o una Ingeniería Técnica vinculada a las Ingenierías Superiores, asimismo enumeradas.
– Grado en:
Arquitectura.
Arquitectura Naval.
Arquitectura Naval e Ingeniería de Sistemas Marinos.
Arquitectura Naval e Ingeniaría Marítima.
cve: BOE-A-2025-2371
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 34