Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-1799)
Resolución de 22 de enero de 2025, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con Consulting Informático de Cantabria, SL, para la realización de prácticas académicas externas por parte de estudiantes de postgrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 31 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 14353
prácticas y en segundo término a través del responsable del vicerrectorado de
investigación y postgrado de la UIMP, o del vicerrectorado que en caso de una
remodelación de la estructura de la universidad asuma las competencias en materia de
estudios de postgrado.
En caso de no ser posible una solución amigable, y resultar procedente litigio judicial,
ambas partes se someten expresamente a la jurisdicción contencioso-administrativa,
siendo el órgano competente la Audiencia Nacional, de conformidad con el
artículo 11.1.c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.
Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio, en duplicado ejemplar, en
las fechas que se indican, tomándose como referencia de fecha de formalización la del
último firmante.–Por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O. A., Carlos
Andradas Heranz, 21 de enero de 2025.–Por Consulting Informático de Cantabria, SL,
Juan Antonio Prego Ortiz, 21 de enero de 2025.
cve: BOE-A-2025-1799
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 27
Viernes 31 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 14353
prácticas y en segundo término a través del responsable del vicerrectorado de
investigación y postgrado de la UIMP, o del vicerrectorado que en caso de una
remodelación de la estructura de la universidad asuma las competencias en materia de
estudios de postgrado.
En caso de no ser posible una solución amigable, y resultar procedente litigio judicial,
ambas partes se someten expresamente a la jurisdicción contencioso-administrativa,
siendo el órgano competente la Audiencia Nacional, de conformidad con el
artículo 11.1.c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.
Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio, en duplicado ejemplar, en
las fechas que se indican, tomándose como referencia de fecha de formalización la del
último firmante.–Por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O. A., Carlos
Andradas Heranz, 21 de enero de 2025.–Por Consulting Informático de Cantabria, SL,
Juan Antonio Prego Ortiz, 21 de enero de 2025.
cve: BOE-A-2025-1799
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 27