Comunidad Autónoma de AndalucíaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-B-2025-3174)
Anuncio de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Córdoba por el que se somete a información pública el "Proyecto de ejecución de reforma de línea aéreas de media tensión denominada "Ballesta" a 20 Kv procedente de la subestación "Pte_Nuev" entre los apoyos existentes A5418224 y A5418219 para mejora de la red, en el término municipal de Villaviciosa (Córdoba), a efectos de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública. Expediente: AT 353/64-3.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 31 de enero de 2025
Sec. V-B. Pág. 4940
· Se instalarán 462 metros de línea de conductor LA-56 en simple circuito,
medidos sobre planta.
· Se deberán retensar 2 vanos.
De conformidad con lo establecido en:
1.- Los artículos 53, 54, 55, y 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del
Sector Eléctrico.
2.- Los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por
el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización,
suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica,
en su redacción dada por el Real Decreto Ley 23/2020 de 23 de junio.
3.- Artículo 161 del mencionado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
4.- Artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5.- Artículo 13.1 e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública
de Andalucía.
6.- Artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.
La declaración de utilidad pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56
de la Ley 24/2013 llevará implícita la necesidad de ocupación de los bienes o
derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 56
de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, adquiriendo la
empresa solicitante la condición de beneficiario en el expediente expropiatorio, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2. de dicha Ley.
La relación de bienes y derechos afectado por la instalación están detallados
en la tabla que se adjunta (ver anexo I).
Las afecciones derivadas de la expropiación, a tenor de lo establecido en los
artículos 54 y siguientes de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector
Eléctrico:
◦ Para los apoyos, expropiación de pleno dominio.
◦ Para el vuelo de la línea, constitución de servidumbre forzosa de paso de
energía eléctrica, con la prohibición de construir o realizar edificaciones o
plantaciones de cualquier tipo, excediendo las distancias mínimas reglamentarias.
◦ Derecho de acceso o de paso a la finca, para realizar las reparaciones,
mantenimiento, etc.
◦ Ocupación temporal de la parcela, durante el tiempo de ejecución de las
instalaciones.
Lo que se hace público para conocimiento general y especialmente de los
propietarios de los terrenos y demás titulares afectados cuya relación se inserta al
final de este anuncio.
El trámite de Información Pública se llevará a cabo durante un plazo de 30 días
cve: BOE-B-2025-3174
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 27
Viernes 31 de enero de 2025
Sec. V-B. Pág. 4940
· Se instalarán 462 metros de línea de conductor LA-56 en simple circuito,
medidos sobre planta.
· Se deberán retensar 2 vanos.
De conformidad con lo establecido en:
1.- Los artículos 53, 54, 55, y 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del
Sector Eléctrico.
2.- Los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por
el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización,
suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica,
en su redacción dada por el Real Decreto Ley 23/2020 de 23 de junio.
3.- Artículo 161 del mencionado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
4.- Artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5.- Artículo 13.1 e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública
de Andalucía.
6.- Artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.
La declaración de utilidad pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56
de la Ley 24/2013 llevará implícita la necesidad de ocupación de los bienes o
derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 56
de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, adquiriendo la
empresa solicitante la condición de beneficiario en el expediente expropiatorio, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2. de dicha Ley.
La relación de bienes y derechos afectado por la instalación están detallados
en la tabla que se adjunta (ver anexo I).
Las afecciones derivadas de la expropiación, a tenor de lo establecido en los
artículos 54 y siguientes de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector
Eléctrico:
◦ Para los apoyos, expropiación de pleno dominio.
◦ Para el vuelo de la línea, constitución de servidumbre forzosa de paso de
energía eléctrica, con la prohibición de construir o realizar edificaciones o
plantaciones de cualquier tipo, excediendo las distancias mínimas reglamentarias.
◦ Derecho de acceso o de paso a la finca, para realizar las reparaciones,
mantenimiento, etc.
◦ Ocupación temporal de la parcela, durante el tiempo de ejecución de las
instalaciones.
Lo que se hace público para conocimiento general y especialmente de los
propietarios de los terrenos y demás titulares afectados cuya relación se inserta al
final de este anuncio.
El trámite de Información Pública se llevará a cabo durante un plazo de 30 días
cve: BOE-B-2025-3174
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 27