Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-1454)
Resolución de 20 de enero de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., y el Instituto de Estudios Fiscales, O.A., para colaborar en la realización del título oficial de Máster Universitario en Hacienda Pública, Política Fiscal y Gobernanza de su Administración.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 11867

Los presentes declaran que las facultades con las que actúan se encuentran
vigentes y que, en su virtud, tienen plena capacidad para obligarse en los términos de
este documento; capacidad que mutuamente se reconocen y, a tal efecto,
EXPONEN
I. Que la UIMP es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Ciencia,
Innovación y Universidades, a través de la Secretaría General de Universidades, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 4.3.a) del Real Decreto 472/2024, de 7 de
mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de dicho Ministerio. Tiene
personalidad jurídica y patrimonio propios, Fue creada por Decreto de 10 de noviembre
de 1945, y está regulada en la actualidad por el Estatuto aprobado por Real
Decreto 331/2002, de 5 de abril. Su norma reguladora la define como un centro
universitario de alta cultura, investigación y especialización, en el que convergen
actividades de distintos grados y especialidades universitarias, que tiene como misión
difundir la cultura y la ciencia, fomentar las relaciones de intercambio e información
científica y cultural de interés internacional e interregional y el desarrollo de actividades
de alta investigación y especialización, cooperando cuando ello sea conveniente con
otras universidades o instituciones españolas o extranjeras. A tal fin, organiza y
desarrolla enseñanzas de tercer ciclo que acredita con los correspondientes títulos
oficiales de Doctor y otros títulos y diplomas de posgrado que la misma expida.
Que, asimismo la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario,
en su disposición adicional segunda, establece que la UIMP es una institución que forma
parte del sistema universitario español, y que tiene como objeto fundamental la
contribución a la generación, divulgación y difusión del conocimiento científico,
tecnológico, humanístico y artístico a través de la organización de cursos avanzados y
actividades culturales, así como del desarrollo de programas de posgrado y formación a
lo largo de la vida. Señala asimismo que la UIMP se regirá por el principio de autonomía
universitaria en relación con la planificación, organización y desarrollo de sus actividades
académicas.
II. Que IEF es un Organismo Autónomo de los previstos en el título II, capítulo III,
sección 2.ª de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
(en adelante, Ley 40/2015), adscrito al Ministerio de Hacienda, a través de la Secretaría
de Estado de Hacienda, que tiene personalidad jurídica pública diferenciada, patrimonio
y tesorería propios, así como autonomía de gestión, rigiéndose por lo establecido en la
Ley 40/2015, en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, y en las
demás disposiciones aplicables a los Organismos Autónomos de la Administración
General del Estado, así como por su Estatuto.
Por otra parte, al IEF, según el artículo 3 de su Estatuto, le corresponde ejercer, de
un lado, la asistencia y colaboración con los órganos de la Administración encargados de
convocar las pruebas de acceso para la selección de funcionarios de Cuerpos adscritos
a los Ministerios de Hacienda con funciones de administración y gestión de la Hacienda
Pública; y, de otro lado, la formación de funcionarios y otro personal en las materias
específicas de la Hacienda Pública, incluyendo las técnicas de administración y gestión
financiera y tributaria, de presupuestación y gasto público, y las demás actividades
formativas encomendadas. Asimismo, debe desarrollar las relaciones de coordinación y
cooperación con otros centros, institutos, escuelas de Administración Pública,
Universidades, instituciones, organismos y otras Administraciones financieras,
nacionales e internacionales, en materia de estudios e investigación sobre sistemas
tributarios y gasto público o de formación y perfeccionamiento de personal con funciones
administrativas en estas materias.
De acuerdo con lo anterior, el IEF, a través de la Dirección de la Escuela de Hacienda
Pública debe atender una amplia demanda de formación superior de funcionarios y
demás personal al servicio de las Administraciones tributarias y financieras, tanto
españolas como de los países de América Latina y el Caribe, formación que, al menos

cve: BOE-A-2025-1454
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Núm. 23