Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-1455)
Resolución de 20 de enero de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de prórroga y cuarta de modificación del Convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y el Servicio Gallego de Salud, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 23

Lunes 27 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 11887

Cuarto.
La cláusula novena del convenio establece que, los anexos I y II podrán ser
actualizados anualmente y que los anexos III y IV serían actualizados para 2022 y
siguientes con el número de personas adscritas y la contraprestación económica
mensual correspondiente a los anexos I y II, cuantificándose por cada mutualidad en
función del respectivo colectivo a 1 de mayo del año anterior.
Para el año 2022 ya fueron actualizados los anexos I y II y para los años y 2022,
2023 y 2024 los anexos III y IV mediante sendas adendas de modificación.
Quinto.
Para el año 2025, es necesario incluir la localidad de O Incio (Lugo) en el anexo I
(atención primaria completa) que en 2024 se encontraba incluida en el anexo II (atención
primaria de urgencias).
Por lo expuesto anteriormente, las partes suscriben la presente adenda de prórroga y
modificación, con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Modificación de la cláusula octava del convenio.

Se modifica la cláusula octava del convenio que queda redactada de la manera
siguiente:
«Octava. Eficacia y vigencia.
El presente convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de
las partes, y adquirirá eficacia una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal
de Órganos e Instrumentos de Cooperación y publicado en el “Boletín Oficial del
Estado” y extenderá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024, pudiendo
prorrogarse por acuerdo unánime de las partes por un período de hasta cuatro
años adicionales antes de la fecha en que finalice su vigencia, conforme a lo
establecido en la LRJSP.»
Segunda.

Prórroga del convenio.

Las partes acuerdan prorrogar desde el 1 de enero de 2025, y una vez cumplido el
requisito para la eficacia de la adenda contemplado en la cláusula cuarta, el Convenio
entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las
Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y el Servicio Gallego de Salud para la
prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y
demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada
con dichas mutualidades. Su vigencia se extiende hasta el 31 de diciembre de 2025.

Se actualizan para 2025 los anexos I, II, III y IV del Convenio entre la Mutualidad
General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas,
la Mutualidad General Judicial y el Servicio Gallego de Salud para la prestación en zonas
rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios
adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas
mutualidades. El resto del convenio permanecerá con el mismo contenido.

cve: BOE-A-2025-1455
Verificable en https://www.boe.es

Tercera. Actualización de anexos.