III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Convenios. (BOE-A-2023-7043)
Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Protocolo General de Actuación en materia de impulso y apoyo al proceso de fusión de los Ayuntamientos de Don Benito y Villanueva de la Serena (Badajoz).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 65
Viernes 17 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 40604
k) Desarrollar las actuaciones correspondientes para impulsar decididamente el
nuevo regadío del Arroyo del Campo.
l) Promover las actuaciones que correspondan para desarrollar una ronda que
circunvalará los actuales cascos urbanos de ambas localidades por la parte sur, desde el
acceso a Don Benito por la EX-206 hasta el acceso a Villanueva de la Serena por la
EX-104.
m) Promover la construcción de aparcamientos disuasorios y otras actuaciones de
mejora de la movilidad en los cascos urbanos de Don Benito y Villanueva de la Serena.
n) Promover la ejecución de la obra de construcción de un carril-bici interurbano y
acerado peatonal en el tramo de la EX-206 para conectar también de este modo ambos
cascos urbanos.
ñ) Promover la culminación de la ya avanzada construcción del nuevo Hospital Don
Benito-Villanueva en los próximos años.
o) Participar en financiar la construcción de nuevas instalaciones deportivas en el
espacio intermedio de los actuales cascos urbanos de ambos municipios, como medio
para una mejor integración de estos, de modo que sea la ciudad deportiva de referencia
del nuevo municipio.
Cuarta 3. Diputación Provincial de Badajoz.–La Diputación de Badajoz declara su
intención de prestar, a través de las diferentes Áreas, apoyo técnico-jurídico y económico
para las necesidades que se planteen en la confección del expediente de fusión
municipal, habilitando para ello en su presupuesto consignación adecuada y suficiente,
hasta un máximo de 300.000 euros.
Al objeto de facilitar la construcción de una nueva Casa Consistorial, la Diputación de
Badajoz declara su intención de iniciar los trámites para el diseño, concurso de ideas y
redacción del proyecto para desarrollo urbanístico del espacio en el que se ubicará el
nuevo edificio institucional o casa consistorial que integre los servicios públicos
municipales, que así se decida por parte de los responsables municipales. A estos
efectos, la Diputación de Badajoz declara su intención de disponer de una asignación
presupuestaria específica, con el importe que se determine en su caso en los
presupuestos de la Entidad General para el ejercicio 2023, y con un importe máximo de
un millón de euros, con cargo a la cual financiar las actuaciones descritas previa
formalización del correspondiente convenio con los municipios firmantes.
Quinta.
Compromisos económicos.
Este Protocolo no conlleva obligaciones financieras o contraprestación económica
para ninguna de las partes, ni supone para ninguna de las mismas la asunción de cargas
económicas específicas.
Si como consecuencia de las actividades objeto de este Protocolo, se incurriera en
gastos ordinarios de funcionamiento, los mismos serán asumidos por cada parte con su
presupuesto corriente.
Todo ello sin perjuicio de los posteriores convenios que deriven de la aplicación de
este Protocolo, cuyos proyectos y financiación determinarán el coste para cada una de
las partes.
Cualquiera de las partes podrá separarse del presente Protocolo comunicándolo a
las otras partes intervinientes por escrito con dos meses de antelación a la fecha en la
que desee su finalización. Serán causa de resolución el incumplimiento de las
actuaciones que constituyen su objeto, el transcurso del plazo de vigencia o cualquier
otra causa que de común acuerdo así lo determinen las partes.
cve: BOE-A-2023-7043
Verificable en https://www.boe.es
Sexta. Resolución.
Núm. 65
Viernes 17 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 40604
k) Desarrollar las actuaciones correspondientes para impulsar decididamente el
nuevo regadío del Arroyo del Campo.
l) Promover las actuaciones que correspondan para desarrollar una ronda que
circunvalará los actuales cascos urbanos de ambas localidades por la parte sur, desde el
acceso a Don Benito por la EX-206 hasta el acceso a Villanueva de la Serena por la
EX-104.
m) Promover la construcción de aparcamientos disuasorios y otras actuaciones de
mejora de la movilidad en los cascos urbanos de Don Benito y Villanueva de la Serena.
n) Promover la ejecución de la obra de construcción de un carril-bici interurbano y
acerado peatonal en el tramo de la EX-206 para conectar también de este modo ambos
cascos urbanos.
ñ) Promover la culminación de la ya avanzada construcción del nuevo Hospital Don
Benito-Villanueva en los próximos años.
o) Participar en financiar la construcción de nuevas instalaciones deportivas en el
espacio intermedio de los actuales cascos urbanos de ambos municipios, como medio
para una mejor integración de estos, de modo que sea la ciudad deportiva de referencia
del nuevo municipio.
Cuarta 3. Diputación Provincial de Badajoz.–La Diputación de Badajoz declara su
intención de prestar, a través de las diferentes Áreas, apoyo técnico-jurídico y económico
para las necesidades que se planteen en la confección del expediente de fusión
municipal, habilitando para ello en su presupuesto consignación adecuada y suficiente,
hasta un máximo de 300.000 euros.
Al objeto de facilitar la construcción de una nueva Casa Consistorial, la Diputación de
Badajoz declara su intención de iniciar los trámites para el diseño, concurso de ideas y
redacción del proyecto para desarrollo urbanístico del espacio en el que se ubicará el
nuevo edificio institucional o casa consistorial que integre los servicios públicos
municipales, que así se decida por parte de los responsables municipales. A estos
efectos, la Diputación de Badajoz declara su intención de disponer de una asignación
presupuestaria específica, con el importe que se determine en su caso en los
presupuestos de la Entidad General para el ejercicio 2023, y con un importe máximo de
un millón de euros, con cargo a la cual financiar las actuaciones descritas previa
formalización del correspondiente convenio con los municipios firmantes.
Quinta.
Compromisos económicos.
Este Protocolo no conlleva obligaciones financieras o contraprestación económica
para ninguna de las partes, ni supone para ninguna de las mismas la asunción de cargas
económicas específicas.
Si como consecuencia de las actividades objeto de este Protocolo, se incurriera en
gastos ordinarios de funcionamiento, los mismos serán asumidos por cada parte con su
presupuesto corriente.
Todo ello sin perjuicio de los posteriores convenios que deriven de la aplicación de
este Protocolo, cuyos proyectos y financiación determinarán el coste para cada una de
las partes.
Cualquiera de las partes podrá separarse del presente Protocolo comunicándolo a
las otras partes intervinientes por escrito con dos meses de antelación a la fecha en la
que desee su finalización. Serán causa de resolución el incumplimiento de las
actuaciones que constituyen su objeto, el transcurso del plazo de vigencia o cualquier
otra causa que de común acuerdo así lo determinen las partes.
cve: BOE-A-2023-7043
Verificable en https://www.boe.es
Sexta. Resolución.