I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Presupuestos. (BOE-A-2023-6381)
Ley 6/2022, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 60
Sábado 11 de marzo de 2023
Sec. I. Pág. 36349
Cuatro. En los estados de ingresos de los presupuestos de la Administración
general de la Comunidad Autónoma, en los de sus organismos autónomos y en los de
las agencias públicas autonómicas se establecen las estimaciones de los derechos
económicos que se prevén liquidar durante el ejercicio, por un importe consolidado
de 14.167.171.153 euros, distribuidos de la siguiente forma:
Cap. I-VII
Ingresos no
financieros
Cap. VIII
Activos
financieros
Cap. IX
Pasivos
financieros
Total
1.586.399.193
13.825.281.601
Administración general y
órganos estatutarios.
12.236.933.089
1.949.319
Organismos autónomos.
245.390.856
690.000
246.080.856
16.436.445
79.372.251
95.808.696
12.498.760.390
82.011.570
Agencias públicas
autonómicas.
Total.
1.586.399.193
14.167.171.153
Cinco. Los beneficios fiscales que afectan a los tributos cedidos total o
parcialmente por el Estado a la Comunidad Autónoma se estiman en 2.718.904.229
euros, de los cuales 2.397.793.229 euros corresponden a la normativa estatal
y 321.111.000 euros a la normativa autonómica, conforme al desglose siguiente:
– Impuesto sobre sucesiones y donaciones: 215.962.000 euros.
– Impuesto sobre la renta de las personas físicas: 431.705.000 euros.
– Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados:
200.717.229 euros.
– Impuesto sobre el patrimonio: 188.630.000 euros.
– Impuesto sobre el juego: 3.000.000 de euros.
– Impuesto sobre el valor añadido: 1.540.240.000 euros.
– Impuesto sobre hidrocarburos: 121.270.000 euros.
– Impuesto sobre el alcohol y bebidas derivadas: 4.140.000 euros.
– Impuesto sobre la electricidad: 10.950.000 euros.
– Impuesto sobre determinados medios de transporte: 2.290.000 euros.
Los beneficios fiscales de las tasas establecidas en virtud de lo dispuesto en la
Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la
Comunidad Autónoma de Galicia, se estiman en 3.479.121 euros y, en cumplimiento de
lo establecido en el artículo 55.2 de dicha ley, el importe de las subvenciones
reguladoras se fija en 267.357.405 euros.
Artículo 3. Presupuesto de las entidades instrumentales del sector público autonómico
con presupuesto estimativo.
Entidades públicas empresariales.
Se aprueban los presupuestos de explotación y capital de las entidades públicas
empresariales a las que se refiere la letra e) del artículo 1 de la presente ley, que
incluyen la estimación de gastos y la previsión de ingresos referidas a sus estados
financieros, por los importes y con la distribución que se relacionan en el anexo I.
Dos. Consorcios autonómicos.
Se aprueban los presupuestos de explotación y capital de los consorcios a los que se
refiere la letra f) del artículo 1 de la presente ley, que incluyen la estimación de gastos y
la previsión de ingresos referidas a sus estados financieros, por los importes y con la
distribución que se relacionan en el anexo I.
cve: BOE-A-2023-6381
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Uno.
Núm. 60
Sábado 11 de marzo de 2023
Sec. I. Pág. 36349
Cuatro. En los estados de ingresos de los presupuestos de la Administración
general de la Comunidad Autónoma, en los de sus organismos autónomos y en los de
las agencias públicas autonómicas se establecen las estimaciones de los derechos
económicos que se prevén liquidar durante el ejercicio, por un importe consolidado
de 14.167.171.153 euros, distribuidos de la siguiente forma:
Cap. I-VII
Ingresos no
financieros
Cap. VIII
Activos
financieros
Cap. IX
Pasivos
financieros
Total
1.586.399.193
13.825.281.601
Administración general y
órganos estatutarios.
12.236.933.089
1.949.319
Organismos autónomos.
245.390.856
690.000
246.080.856
16.436.445
79.372.251
95.808.696
12.498.760.390
82.011.570
Agencias públicas
autonómicas.
Total.
1.586.399.193
14.167.171.153
Cinco. Los beneficios fiscales que afectan a los tributos cedidos total o
parcialmente por el Estado a la Comunidad Autónoma se estiman en 2.718.904.229
euros, de los cuales 2.397.793.229 euros corresponden a la normativa estatal
y 321.111.000 euros a la normativa autonómica, conforme al desglose siguiente:
– Impuesto sobre sucesiones y donaciones: 215.962.000 euros.
– Impuesto sobre la renta de las personas físicas: 431.705.000 euros.
– Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados:
200.717.229 euros.
– Impuesto sobre el patrimonio: 188.630.000 euros.
– Impuesto sobre el juego: 3.000.000 de euros.
– Impuesto sobre el valor añadido: 1.540.240.000 euros.
– Impuesto sobre hidrocarburos: 121.270.000 euros.
– Impuesto sobre el alcohol y bebidas derivadas: 4.140.000 euros.
– Impuesto sobre la electricidad: 10.950.000 euros.
– Impuesto sobre determinados medios de transporte: 2.290.000 euros.
Los beneficios fiscales de las tasas establecidas en virtud de lo dispuesto en la
Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la
Comunidad Autónoma de Galicia, se estiman en 3.479.121 euros y, en cumplimiento de
lo establecido en el artículo 55.2 de dicha ley, el importe de las subvenciones
reguladoras se fija en 267.357.405 euros.
Artículo 3. Presupuesto de las entidades instrumentales del sector público autonómico
con presupuesto estimativo.
Entidades públicas empresariales.
Se aprueban los presupuestos de explotación y capital de las entidades públicas
empresariales a las que se refiere la letra e) del artículo 1 de la presente ley, que
incluyen la estimación de gastos y la previsión de ingresos referidas a sus estados
financieros, por los importes y con la distribución que se relacionan en el anexo I.
Dos. Consorcios autonómicos.
Se aprueban los presupuestos de explotación y capital de los consorcios a los que se
refiere la letra f) del artículo 1 de la presente ley, que incluyen la estimación de gastos y
la previsión de ingresos referidas a sus estados financieros, por los importes y con la
distribución que se relacionan en el anexo I.
cve: BOE-A-2023-6381
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