III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-6494)
Resolución de 7 de abril de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio entre el Consorcio de Compensación de Seguros, E.P.E., y el Instituto Geológico y Minero de España, para la realización de un estudio sobre estimación de pérdidas económicas por tsunamis en España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 94

Miércoles 20 de abril de 2022

Sec. III. Pág. 54866

EXPONEN
1. Que en virtud de lo previsto en el artículo 2. del Real Decreto 202/2021, de 30
de marzo de 2021, por el que se reorganizan determinados organismos públicos de
investigación de la Administración General del Estado, dispone que el Instituto Geológico
y Minero de España, O.A., M.P., se integrará en la Agencia Estatal Consejo Superior de
Investigaciones Científicas, M.P., como Centro Nacional.
2.
Que con fecha 26 de marzo de 2019 se suscribió un Convenio entre el
Consorcio de Compensación de Seguros, E.P.E. (CCS), y el Instituto Geológico y Minero
de España (IGME) para la realización de un estudio sobre estimación de pérdidas
económicas por tsunamis en España (publicado en el BOE núm. 103, de 30 de abril
de 2019, páginas 46852 a 46865, en adelante «el Convenio»), por un importe,
cofinanciado al 50 %, de seiscientos mil euros con cero céntimos de euro en total
(600.000,00 €).
3. Que el Convenio establecía un plazo para la ejecución de las actuaciones de
tres años, finalizándose en la anualidad del 2022, y ello con una vigencia de 36 meses
programados para la ejecución de los trabajos necesarios para llevar a cabo los estudios
objetos del mismo.
4. Que las actuaciones planificadas en el Convenio se han visto afectadas por las
circunstancias administrativas de prórroga de los Presupuestos Generales del Estado y
por las excepcionales circunstancias relativas a la pandemia.
5. Que la Comisión Mixta de Seguimiento entre el IGME y el CCS, en su reunión
de fecha 18 de noviembre de 2021, examinó las circunstancias que se habían producido
y acordó reajustar la programación técnica, y ello para hacer posible la ejecución y
liquidación de los trabajos y gastos a realizar.
6.
Que el Convenio establece en su cláusula novena, que siguiendo las
previsiones de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
artículo 49, punto 2.º, podrán acordar unánimemente en prorrogar el Convenio hasta un
periodo máximo de cuatro años adicionales.
Y que, para ello, establecen las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Se modifica la cláusula séptima del Convenio relativa al «Presupuesto», que queda
redactada en los siguientes términos:
El importe de los trabajos a realizar en este Convenio asciende a la cantidad de
seiscientos mil euros (600.000 €), cofinanciados a partes iguales por las partes firmantes
del presente Convenio, CCS e IGME y distribuidos por anualidades de la siguiente
forma:

Organismo 1.er año

Euros

CCS.
IGME.

2.º año

Euros

3.er año

Euros

4.º año

Euros

Totales

Euros

0 150.000 100.000

50.000 300.000

50.000 100.000 100.000

50.000 300.000

Totales. 50.000 250.000 200.000 100.000 600.000

cve: BOE-A-2022-6494
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