III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2022-6488)
Orden APA/338/2022, de 8 de abril, por la que se definen las explotaciones y animales asegurables, las condiciones técnicas mínimas de explotación y manejo, el ámbito de aplicación, el periodo de garantía, el periodo de suscripción y el valor unitario de los animales, en relación con el seguro de explotación de ganado ovino y caprino, comprendido en el correspondiente Plan de Seguros Agrarios Combinados.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 94
Miércoles 20 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 54838
ANEXO II
Valor límite máximo a efectos de indemnización, para las coberturas de accidentes
de la garantía básica I y mortalidad masiva de las garantías básicas I y II
% sobre el valor unitario
Animales reproductores
Hembra reproductora.
95
Semental.
160
Animales de recría
Recría menor o igual de 3 meses.
95
Recría mayor de 3 meses a menor o igual de 12 meses.
115
Animales de cebo
Animales de cebo.
95
A efectos del seguro, para establecer la edad del animal se contará el número de
meses. Los días que no completen un mes computarán como un mes más.
ANEXO III
Valores de compensación en caso de inmovilización cautelar por fiebre aftosa
Explotaciones de aptitud láctea
Tipo de animal
Euros/semana
Reproductores.
2,21
Recría.
1,31
Explotaciones de aptitud cárnica
Tipo de animal
Euros/semana
Reproductores.
1,03
Recría.
1,31
Cebaderos o Centros de tipificación
Animales de cebo.
Euros/semana
1,31
Esta indemnización será proporcional a la duración de la medida cautelar
oficialmente establecida, calculada en semanas, siendo el periodo mínimo de
inmovilización indemnizable de 21 días. Superado dicho periodo se indemnizará desde el
inicio de la inmovilización hasta un máximo de 17 semanas.
cve: BOE-A-2022-6488
Verificable en https://www.boe.es
Tipo de animal
Núm. 94
Miércoles 20 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 54838
ANEXO II
Valor límite máximo a efectos de indemnización, para las coberturas de accidentes
de la garantía básica I y mortalidad masiva de las garantías básicas I y II
% sobre el valor unitario
Animales reproductores
Hembra reproductora.
95
Semental.
160
Animales de recría
Recría menor o igual de 3 meses.
95
Recría mayor de 3 meses a menor o igual de 12 meses.
115
Animales de cebo
Animales de cebo.
95
A efectos del seguro, para establecer la edad del animal se contará el número de
meses. Los días que no completen un mes computarán como un mes más.
ANEXO III
Valores de compensación en caso de inmovilización cautelar por fiebre aftosa
Explotaciones de aptitud láctea
Tipo de animal
Euros/semana
Reproductores.
2,21
Recría.
1,31
Explotaciones de aptitud cárnica
Tipo de animal
Euros/semana
Reproductores.
1,03
Recría.
1,31
Cebaderos o Centros de tipificación
Animales de cebo.
Euros/semana
1,31
Esta indemnización será proporcional a la duración de la medida cautelar
oficialmente establecida, calculada en semanas, siendo el periodo mínimo de
inmovilización indemnizable de 21 días. Superado dicho periodo se indemnizará desde el
inicio de la inmovilización hasta un máximo de 17 semanas.
cve: BOE-A-2022-6488
Verificable en https://www.boe.es
Tipo de animal