III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2022-6431)
Orden APA/334/2022, de 8 de abril, por la que se definen las explotaciones de ganado y animales asegurables y sus condiciones técnicas mínimas de explotación y manejo, el ámbito de aplicación, el periodo de garantía, el periodo de suscripción y el valor unitario de los animales, en relación con el seguro de explotación de ganado vacuno de reproducción y producción, comprendido en el correspondiente Plan de Seguros Agrarios Combinados.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93
Martes 19 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 53599
ANEXO XI
Valor de compensación por la pérdida de calidad de la leche en euros por cada
tonelada producida en el mes
Estratos mensuales (células somáticas en miles)
Estratos iniciales (en miles)
<100
≥100 y <150
≥150 y <200
≥200 y <250
≥250 y <300
≥300 y <350
≥350 y <400
≥400 y <500
≥500 y <600
>600
A
B
C
D
E
F
G
H
I
I
<100
A
0
0
6
9
12
15
18
20
20
30
<150
B
0
0
4
4
6
9
12
18
20
30
≥150 y <200
C
0
0
0
0
6
9
9
18
20
30
≥200 y <250
D
0
0
0
0
0
6
9
18
20
30
≥250 y <300
E
0
0
0
0
0
0
9
15
18
20
ANEXO XII
Modelo de certificación que deberán expedir las Sociedades de Criadores de Razas
bovinas Puras oficialmente reconocidas en relación a la acreditación de los
requisitos relativos a los animales de Alta Valoración Genética de razas de aptitud
cárnica con respecto al Seguro de explotación de Ganado Vacuno de
Reproducción y Producción
D. ................................................., Secretario Técnico de la Sociedad de criadores
de ..........................................
Certifica que:
La siguiente explotación ganadera:
Identificación del titular del seguro
Nombre o Denominación.
Identificación Fiscal (NIF/CIF).
Domicilio, Código Postal y Provincia.
ES
Colabora oficialmente en las actuaciones del Programa de Cría aprobado para la
Raza según establece el Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero, por el que se
establecen las normas zootécnicas aplicables a los animales reproductores de raza pura,
porcinos reproductores híbridos y su material reproductivo, se actualiza el Programa
nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas y se modifican los
Reales Decretos 558/2001, de 25 de mayo; 1316/1992, de 30 de octubre; 1438/1992,
de 27 de noviembre; y 1625/2011, de 14 de noviembre, a través de los animales que se
detallan a continuación, constando, en los archivos del Libro genealógico gestionado por
esta Sociedad, que los animales que figuran a continuación poseen un valor genético
para cualquiera de los caracteres evaluados en el Programa de Cría correspondiente a
un percentil del 90 % o superior.
Los animales han sido evaluados según las pruebas de control de rendimientos y
evaluación genética llevadas a cabo conforme a lo establecido en el Reglamento
UE 2016/1012 relativo a las condiciones zootécnicas y genealógicas para la cría, el
comercio y la entrada en la Unión de animales reproductores de raza pura, porcinos
cve: BOE-A-2022-6431
Verificable en https://www.boe.es
Código REGA Nacional.
Núm. 93
Martes 19 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 53599
ANEXO XI
Valor de compensación por la pérdida de calidad de la leche en euros por cada
tonelada producida en el mes
Estratos mensuales (células somáticas en miles)
Estratos iniciales (en miles)
<100
≥100 y <150
≥150 y <200
≥200 y <250
≥250 y <300
≥300 y <350
≥350 y <400
≥400 y <500
≥500 y <600
>600
A
B
C
D
E
F
G
H
I
I
<100
A
0
0
6
9
12
15
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20
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<150
B
0
0
4
4
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9
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≥150 y <200
C
0
0
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6
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20
30
≥200 y <250
D
0
0
0
0
0
6
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18
20
30
≥250 y <300
E
0
0
0
0
0
0
9
15
18
20
ANEXO XII
Modelo de certificación que deberán expedir las Sociedades de Criadores de Razas
bovinas Puras oficialmente reconocidas en relación a la acreditación de los
requisitos relativos a los animales de Alta Valoración Genética de razas de aptitud
cárnica con respecto al Seguro de explotación de Ganado Vacuno de
Reproducción y Producción
D. ................................................., Secretario Técnico de la Sociedad de criadores
de ..........................................
Certifica que:
La siguiente explotación ganadera:
Identificación del titular del seguro
Nombre o Denominación.
Identificación Fiscal (NIF/CIF).
Domicilio, Código Postal y Provincia.
ES
Colabora oficialmente en las actuaciones del Programa de Cría aprobado para la
Raza según establece el Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero, por el que se
establecen las normas zootécnicas aplicables a los animales reproductores de raza pura,
porcinos reproductores híbridos y su material reproductivo, se actualiza el Programa
nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas y se modifican los
Reales Decretos 558/2001, de 25 de mayo; 1316/1992, de 30 de octubre; 1438/1992,
de 27 de noviembre; y 1625/2011, de 14 de noviembre, a través de los animales que se
detallan a continuación, constando, en los archivos del Libro genealógico gestionado por
esta Sociedad, que los animales que figuran a continuación poseen un valor genético
para cualquiera de los caracteres evaluados en el Programa de Cría correspondiente a
un percentil del 90 % o superior.
Los animales han sido evaluados según las pruebas de control de rendimientos y
evaluación genética llevadas a cabo conforme a lo establecido en el Reglamento
UE 2016/1012 relativo a las condiciones zootécnicas y genealógicas para la cría, el
comercio y la entrada en la Unión de animales reproductores de raza pura, porcinos
cve: BOE-A-2022-6431
Verificable en https://www.boe.es
Código REGA Nacional.