III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2022-6446)
Decreto 19/2022, de 2 de marzo, por el que se declara bien de interés cultural "EL Palacio y los Jardines de los Duques de Alba" en la localidad de Abadía (Cáceres), con la categoría de sitio histórico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93

Martes 19 de abril de 2022

Sec. III. Pág. 53703

III. OTRAS DISPOSICIONES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA
Decreto 19/2022, de 2 de marzo, por el que se declara bien de interés cultural
«EL Palacio y los Jardines de los Duques de Alba» en la localidad de Abadía
(Cáceres), con la categoría de sitio histórico.

El Estatuto de Autonomía de Extremadura, aprobado mediante Ley Orgánica 1/1983,
de 25 de febrero y modificado mediante Ley Orgánica 1/2011 de 28 de enero, la cual se
publicó y entró en vigor con fecha 29 de enero de 2011, recoge como competencia
exclusiva en su artículo 9.1.47 la «Cultura en cualquiera de sus manifestaciones», así
como el «Patrimonio Histórico y Cultural de interés para la Comunidad Autónoma».
En desarrollo de esta competencia y con el fin de proteger nuestro Patrimonio
cultural, se dictó la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de
Extremadura, que recoge la competencia y el procedimiento para llevar a cabo la
declaración de Bien de Interés Cultural.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.1 de la propia Ley, los bienes más
relevantes del Patrimonio Histórico y Cultural extremeño, deberán ser declarados de
Interés Cultural en la forma que el propio artículo detalla. El procedimiento se describe
en los artículos 7 y siguientes de la citada Ley.
Ha de significarse a estos efectos que «La Abadía con su jardín» fue declarado
Monumento Histórico-Artístico en el año 1931 («Gaceta de Madrid», n.º 155, de cuatro de
junio de 1931), sin que se determinara su entorno de protección. No obstante, «La Abadía»
aparece inscrita en el Registro de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura y
Deporte con categoría de Monumento y código de registro (R.I.) - 51 - 0000491 – 00000, en
tanto que el «Jardín de la Abadía» aparece como Jardín Histórico y código de registro
(R.I.) - 52- 0000005 – 00000.
A este respecto, ha de tenerse en cuenta que, de acuerdo con lo previsto en la
disposición adicional primera de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico
y Cultural de Extremadura, «todos los bienes inmuebles y muebles que hubiesen sido
declarados de interés cultural en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de
Extremadura con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley pasarán a tener la
consideración de Bienes de Interés Cultural».
Por otra parte, conforme a la disposición transitoria segunda de la misma ley, se ha
de proceder a delimitar el entorno de un inmueble declarado cuando no esté delimitado
expresamente por una figura de planeamiento.
Asimismo resulta preciso efectuar la adaptación de aquellas figuras a la necesidad
de protección del conjunto de tales elementos, como una unidad, bajo la nueva forma o
categoría de Sitio Histórico, según deriva de los informes técnicos de la Dirección
General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, de acuerdo con la definición del
artículo 6.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, según el cual Sitio Histórico es: «El lugar o
paraje natural donde se produce una agrupación de bienes inmuebles que forman parte
de una unidad coherente por razones históricas, culturales o de la naturaleza vinculadas
a acontecimientos, recuerdos del pasado o manifestaciones populares de las raíces
culturales de una comunidad que posean valores históricos o técnicos»
Es por ello que se procedió a dictar Resolución de incoación de expediente de 15 de
diciembre de 2020, de la Consejera de Cultura, Turismo y Deportes, para dar nueva
configuración al Bien de Interés Cultural «La Abadía con su Jardín», de la localidad de
Abadía (Cáceres), denominándolo «El Palacio y los Jardines de los Duques de Alba»,
con la categoría de Sitio Histórico. La Resolución fue publicada en el DOE, n.º 247, de 24
de diciembre de 2020 y en el BOE, n.º 76, de 30 de marzo de 2021. De la misma forma

cve: BOE-A-2022-6446
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