III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Convenios. (BOE-A-2022-6370)
Resolución de 8 de abril de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Cursos Internacionales Universidad de Salamanca, SA, y Tía Tula Colegio de Español, para la celebración del certamen "Profesor del Año".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92
Lunes 18 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 53197
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes.
a. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un
requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o
compromisos que se consideren incumplidos. Este requerimiento será comunicado al
responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del
Convenio y a las demás partes firmantes.
b. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el
incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de
la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio. La resolución del Convenio
por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se
hubiera previsto.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el Convenio o en
otras leyes.
En el caso de resolución del Convenio por las causas indicadas anteriormente, si
existen actuaciones en curso de ejecución las partes podrán acordar la continuación y
finalización de éstas en un plazo improrrogable, trascurrido el cual el Convenio deberá
liquidarse.
Undécima.
Naturaleza jurídica.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, siendo el régimen jurídico
aplicable al mismo el establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio en lugar y fecha
indicados.–En Washington a 6 de abril de 2022.
CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN
PROFESIONAL, CURSOS INTERNACIONALES UNIVERSIDAD DE SALAMANCA, SA
Y TÍA TULA COLEGIO DE ESPAÑOL, PARA LA CELEBRACIÓN DEL CERTAMEN
«PROFESOR DEL AÑO»
Anexo de firma
cve: BOE-A-2022-6370
Verificable en https://www.boe.es
Por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, Jesús Fernández
González.–La Ministra de Educación y Formación Profesional, P.D. (Orden EFP/43/2021,
de 21 de enero), el Director General de Planificación y Gestión Educativa, José Manuel
Bar Cendón, P.D.F. (artículo 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre), el Consejero de
Educación en EE. UU. y Canadá, Jesús Fernández González.
Núm. 92
Lunes 18 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 53197
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes.
a. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un
requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o
compromisos que se consideren incumplidos. Este requerimiento será comunicado al
responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del
Convenio y a las demás partes firmantes.
b. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el
incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de
la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio. La resolución del Convenio
por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se
hubiera previsto.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el Convenio o en
otras leyes.
En el caso de resolución del Convenio por las causas indicadas anteriormente, si
existen actuaciones en curso de ejecución las partes podrán acordar la continuación y
finalización de éstas en un plazo improrrogable, trascurrido el cual el Convenio deberá
liquidarse.
Undécima.
Naturaleza jurídica.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, siendo el régimen jurídico
aplicable al mismo el establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio en lugar y fecha
indicados.–En Washington a 6 de abril de 2022.
CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN
PROFESIONAL, CURSOS INTERNACIONALES UNIVERSIDAD DE SALAMANCA, SA
Y TÍA TULA COLEGIO DE ESPAÑOL, PARA LA CELEBRACIÓN DEL CERTAMEN
«PROFESOR DEL AÑO»
Anexo de firma
cve: BOE-A-2022-6370
Verificable en https://www.boe.es
Por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, Jesús Fernández
González.–La Ministra de Educación y Formación Profesional, P.D. (Orden EFP/43/2021,
de 21 de enero), el Director General de Planificación y Gestión Educativa, José Manuel
Bar Cendón, P.D.F. (artículo 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre), el Consejero de
Educación en EE. UU. y Canadá, Jesús Fernández González.