III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2022-6259)
Resolución de 4 de abril de 2022, de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se publica el Convenio con el Consejo Comarcal del Bierzo, para el establecimiento de Puntos de Atención al Emprendedor integrados en la Red CIRCE.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90
Viernes 15 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 52411
– el incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes. En este caso, se estará a lo dispuesto en el artículo 51.2 c) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, no teniendo que
indemnizar económicamente la parte incumplidora a la otra parte por el incumplimiento
de las obligaciones salvo que hubiera actuado de mala fe, sin perjuicio de su
responsabilidad frente a terceros.
– por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
– si todos los PAE son dados de baja.
– por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista legalmente.
Decimosexta.
Motivos de baja de los PAE.
La Administración General del Estado, a través del Ministerio de Industria, Comercio
y Turismo, actuando por medio de la DGIPYME podrá dar de baja a los PAE por
incumplimiento de los términos del presente convenio o si el PAE no se mantiene activo.
Se considerará que un PAE no se mantiene activo si en los últimos 12 meses no ha
realizado la tramitación de un DUE.
En estos casos, la DGIPYME podrá inhabilitar al PAE cautelarmente y concederá un
trámite de audiencia de quince días de duración previo al acuerdo definitivo de baja del PAE.
Decimoséptima.
Régimen jurídico.
El convenio se rige por lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
Las cuestiones litigiosas que surgieran en la interpretación, aplicación y cumplimiento
del presente Convenio y no pudieren ser resueltas en el seno de la Comisión de
Seguimiento, quedarán sometidas a la competencia de los órganos del orden
jurisdiccional contencioso administrativo radicados en Madrid.
Decimoctava.
Régimen de modificación del convenio.
La modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes.
Y en prueba de conformidad firman las partes el presente documento en la fecha
señalada al principio.–Por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, P.D. (Orden
ICT/111/2021 de 5 de febrero, BOE de 11 de febrero de 2021), el Secretario General de
Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, Raül Blanco Díaz.–Por el Consejo
Comarcal del Bierzo, como Presidente, Gerardo Álvarez Courel.
ANEXO I
Documento de adhesión al convenio entre la Administración General del Estado, a
través del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (Dirección General de
Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa (DGIPYME)) y Consejo Comarcal del
Bierzo, para el establecimiento de Puntos de Atención al Emprendedor (PAE)
integrados en la Red CIRCE
– Nombre:
– Domicilio:
– NIF:
Datos del representante.
– Nombre y apellidos:
– NIF del representante:
– Cargo en la organización:
cve: BOE-A-2022-6259
Verificable en https://www.boe.es
Datos de la organización.
Núm. 90
Viernes 15 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 52411
– el incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes. En este caso, se estará a lo dispuesto en el artículo 51.2 c) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, no teniendo que
indemnizar económicamente la parte incumplidora a la otra parte por el incumplimiento
de las obligaciones salvo que hubiera actuado de mala fe, sin perjuicio de su
responsabilidad frente a terceros.
– por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
– si todos los PAE son dados de baja.
– por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista legalmente.
Decimosexta.
Motivos de baja de los PAE.
La Administración General del Estado, a través del Ministerio de Industria, Comercio
y Turismo, actuando por medio de la DGIPYME podrá dar de baja a los PAE por
incumplimiento de los términos del presente convenio o si el PAE no se mantiene activo.
Se considerará que un PAE no se mantiene activo si en los últimos 12 meses no ha
realizado la tramitación de un DUE.
En estos casos, la DGIPYME podrá inhabilitar al PAE cautelarmente y concederá un
trámite de audiencia de quince días de duración previo al acuerdo definitivo de baja del PAE.
Decimoséptima.
Régimen jurídico.
El convenio se rige por lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
Las cuestiones litigiosas que surgieran en la interpretación, aplicación y cumplimiento
del presente Convenio y no pudieren ser resueltas en el seno de la Comisión de
Seguimiento, quedarán sometidas a la competencia de los órganos del orden
jurisdiccional contencioso administrativo radicados en Madrid.
Decimoctava.
Régimen de modificación del convenio.
La modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes.
Y en prueba de conformidad firman las partes el presente documento en la fecha
señalada al principio.–Por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, P.D. (Orden
ICT/111/2021 de 5 de febrero, BOE de 11 de febrero de 2021), el Secretario General de
Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, Raül Blanco Díaz.–Por el Consejo
Comarcal del Bierzo, como Presidente, Gerardo Álvarez Courel.
ANEXO I
Documento de adhesión al convenio entre la Administración General del Estado, a
través del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (Dirección General de
Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa (DGIPYME)) y Consejo Comarcal del
Bierzo, para el establecimiento de Puntos de Atención al Emprendedor (PAE)
integrados en la Red CIRCE
– Nombre:
– Domicilio:
– NIF:
Datos del representante.
– Nombre y apellidos:
– NIF del representante:
– Cargo en la organización:
cve: BOE-A-2022-6259
Verificable en https://www.boe.es
Datos de la organización.