III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-6263)
Resolución de 11 de abril de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa, para la recaudación en vía ejecutiva de los recursos de naturaleza pública de dicho ente.
36 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90
Viernes 15 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 52455
partes, sin perjuicio de los derechos y obligaciones que resulten de dicha extinción para
las mismas, conforme a la Ley, o a lo dispuesto en el presente Convenio.
Décima.
Vigencia del Convenio.
El presente Convenio tendrá vigencia desde el día siguiente al de su firma hasta
el 31 de diciembre de 2021. Al término de dicho periodo se entenderá tácitamente
prorrogado por plazos anuales sucesivos, salvo denuncia expresa con seis meses de
antelación a la fecha de su vencimiento, como mínimo. Este plazo no será preceptivo en
el caso de que se produjeran modificaciones normativas que no se ajustaran a las
cláusulas del Convenio.
Y en prueba de conformidad, se firma el presente documento, por duplicado
ejemplar, en el lugar y fecha del encabezamiento.–La Presidenta de la Agencia Estatal
de Administración Tributaria, Inés María Bardón Rafael.–El Presidente de la Autoridad
Portuaria de Vilagarcía de Arousa, José Manuel Cores Tourís.
ANEXO I
Especificaciones y validaciones del envío de liquidaciones/deudas para
incorporación a la vía ejecutiva
Envíos de liquidaciones/deudas en vía ejecutiva
Las oficinas liquidadoras enviarán, para su gestión en la AEAT, las liquidaciones
mediante un fichero de texto plano con registros de longitud fija de 312 posiciones. Los
registros finalizan con los caracteres especiales ASCII de fin de registro CR + LF. Todos
los campos fecha vienen en formato AAAAMMDD y todos los campos importe vienen en
céntimos de euro, sin decimales.
Configuración de un envío
Tipo de registro
Obligatorio/opcional
Tipo 0
Obligatorio.
Tipo 1
Obligatorio.
Tipo 2
Opcional.
Tipo 3
Opcional.
Tipo 4
Obligatorio.
Tipo 5
Opcional salvo para forma de gestión E = Embargo.
Solo permitido a entes «C» «Y» «S».
Código campo: Número que identifica al campo dentro del registro.
Posición: Posición inicial y final del campo dentro del registro.
Tipo: Tipo de contenido del campo (Núm. = Numérico / Alf. = Alfanumérico).
Descripción del campo: Descripción del contenido del campo.
Tipo error: Tipo de error detectado (Ver definición de tipos de error (***) al final del
documento).
Validaciones: Validaciones que se hacen sobre el contenido del campo.
Nota:
Los campos numéricos sin valor deben venir rellenos a ceros.
cve: BOE-A-2022-6263
Verificable en https://www.boe.es
Descripción de los campos de las columnas que se muestran a continuación:
Núm. 90
Viernes 15 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 52455
partes, sin perjuicio de los derechos y obligaciones que resulten de dicha extinción para
las mismas, conforme a la Ley, o a lo dispuesto en el presente Convenio.
Décima.
Vigencia del Convenio.
El presente Convenio tendrá vigencia desde el día siguiente al de su firma hasta
el 31 de diciembre de 2021. Al término de dicho periodo se entenderá tácitamente
prorrogado por plazos anuales sucesivos, salvo denuncia expresa con seis meses de
antelación a la fecha de su vencimiento, como mínimo. Este plazo no será preceptivo en
el caso de que se produjeran modificaciones normativas que no se ajustaran a las
cláusulas del Convenio.
Y en prueba de conformidad, se firma el presente documento, por duplicado
ejemplar, en el lugar y fecha del encabezamiento.–La Presidenta de la Agencia Estatal
de Administración Tributaria, Inés María Bardón Rafael.–El Presidente de la Autoridad
Portuaria de Vilagarcía de Arousa, José Manuel Cores Tourís.
ANEXO I
Especificaciones y validaciones del envío de liquidaciones/deudas para
incorporación a la vía ejecutiva
Envíos de liquidaciones/deudas en vía ejecutiva
Las oficinas liquidadoras enviarán, para su gestión en la AEAT, las liquidaciones
mediante un fichero de texto plano con registros de longitud fija de 312 posiciones. Los
registros finalizan con los caracteres especiales ASCII de fin de registro CR + LF. Todos
los campos fecha vienen en formato AAAAMMDD y todos los campos importe vienen en
céntimos de euro, sin decimales.
Configuración de un envío
Tipo de registro
Obligatorio/opcional
Tipo 0
Obligatorio.
Tipo 1
Obligatorio.
Tipo 2
Opcional.
Tipo 3
Opcional.
Tipo 4
Obligatorio.
Tipo 5
Opcional salvo para forma de gestión E = Embargo.
Solo permitido a entes «C» «Y» «S».
Código campo: Número que identifica al campo dentro del registro.
Posición: Posición inicial y final del campo dentro del registro.
Tipo: Tipo de contenido del campo (Núm. = Numérico / Alf. = Alfanumérico).
Descripción del campo: Descripción del contenido del campo.
Tipo error: Tipo de error detectado (Ver definición de tipos de error (***) al final del
documento).
Validaciones: Validaciones que se hacen sobre el contenido del campo.
Nota:
Los campos numéricos sin valor deben venir rellenos a ceros.
cve: BOE-A-2022-6263
Verificable en https://www.boe.es
Descripción de los campos de las columnas que se muestran a continuación: