III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Encomienda de gestión. (BOE-A-2022-6267)
Resolución de 11 de abril de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., a través del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, para el análisis técnico, el seguimiento y coordinación de la evaluación externa científico-técnica de la convocatoria de ayudas a la ejecución de proyectos de innovación por grupos operativos de la asociación europea para la innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícola.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 15 de abril de 2022

Sec. III. Pág. 52521

En el caso de que hubiese proyectos que no pasen a la fase de valoración técnica, el
CSIC-INIA contactará igualmente con los evaluadores preseleccionados concernidos
para notificarles que finalmente no es necesario que evalúen dichos proyectos porque no
cumplen con los requisitos de admisibilidad.
Los expertos seleccionados deberán emitir dichos informes, en el tiempo establecido
y proporcionar al coordinador de equipo los documentos vinculantes: acuerdo de
confidencialidad y declaración de ausencia de conflictos de interés. El CSIC-INIA deberá
proporcionar al MAPA los documentos recabados debidamente nombrados y archivados.
Para la emisión de los informes técnicos se aplicarán los criterios de selección
aprobados por la autoridad de gestión del Programa Nacional de Desarrollo Rural
(PNDR) a propuesta de su comité de seguimiento. Los informes de valoración seguirán
el formato establecido por el MAPA y las puntuaciones propuestas para a cada criterio
estarán debidamente motivadas y justificadas.
Las evaluaciones se realizarán utilizando la aplicación informática del MAPA de acceso
vía web: https://servicio.mapama.gob.es/cas/logout?url=https://servicio.mapama.gob.es/
ayudaaei/, donde se grabarán las puntuaciones y los comentarios asociados.
El MAPA proporcionará a cada experto seleccionado un usuario y contraseña para el
acceso a la aplicación de evaluación de las ayudas.
El CSIC, a través del INIA deberá recabar al menos dos informes de evaluación
externa independientes por propuesta, realizados por dos expertos en la materia del
proyecto presentado, siempre y cuando el ámbito científico técnico de las propuestas lo
permita. En caso de que no fuera posible por la especificidad del proyecto, el CSIC-INIA
deberá emitir informe motivado para su consideración por el Órgano Colegiado.
Recabados los informes, el CSIC-INIA realizará su revisión técnica. En caso de
existir discrepancia patente, entre las puntuaciones de dos valoraciones de un mismo
proyecto, y siempre a juicio del órgano instructor, el CSIC-INIA deberá volver a analizar
técnicamente las dos evaluaciones emitidas y realizar un informe adicional que resulte
dirimente.
Además, en la fase de alegaciones, el CSIC-INIA realizará el análisis de las mismas
cuando se refieran a aspectos técnicos de los proyectos evaluados por los expertos
externos, y recabará, si procede, el informe técnico de los evaluadores concernidos. En
su caso, elaborará un informe definitivo cuando existan discrepancias entre los dos
evaluadores.
El CSIC-INIA realizará el seguimiento y la coordinación técnica de dichas
actuaciones conforme a las instrucciones solicitadas por el órgano instructor.
La Comisión de Valoración de las ayudas podrá apoyarse para la toma de decisiones
en los informes de valoración y en los informes sobre las alegaciones, los cuales tendrán
carácter facultativo, siendo únicamente vinculantes los acuerdos tomados en el marco de
la Comisión de Valoración.
Para la correcta realización de las actividades descritas en esta cláusula y la cláusula
segunda, el CSIC a través del INIA pondrá a disposición de esta encomienda de gestión
los medios materiales y humanos con la estructura y organización capaz de realizar las
mismas. El CSIC-INIA dispondrá al menos de un equipo de trabajo integrado por el
siguiente personal:
– Un coordinador de equipo, que actuará como enlace entre el MAPA y el CSICINIA, siendo el interlocutor con la Administración. Será el encargado del flujo de
información y de la coordinación de la elaboración de los informes entregables por cada
actividad, participando así mismo en su redacción. Será responsable de coordinar las
actuaciones encomendadas.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes establecido en la convocatoria de
ayudas, recibirá el listado de solicitudes válidas proporcionado por el MAPA y realizará el
análisis técnico de las mismas para su agrupación en áreas temáticas, con el apoyo de
los coordinadores para la búsqueda de expertos y su preselección. Preparará y
distribuirá entre los coordinadores científicos las solicitudes clasificadas, proponiendo y
actualizando la base de datos de expertos.

cve: BOE-A-2022-6267
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Núm. 90