I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE CONSUMO. Organización. (BOE-A-2022-6171)
Orden CSM/327/2022, de 11 de abril, por la que se modifica la Orden CSM/1271/2021, de 15 de noviembre, por la que se crea la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Consumo y se regula su composición y funciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90

Viernes 15 de abril de 2022

Sec. I. Pág. 52129

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE CONSUMO
6171

Orden CSM/327/2022, de 11 de abril, por la que se modifica la Orden
CSM/1271/2021, de 15 de noviembre, por la que se crea la Comisión
Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Consumo y se regula su
composición y funciones.

Artículo único. Modificación de la Orden CSM/1271/2021, de 15 de noviembre, por la
que se crea la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de
Consumo y se regula su composición y funciones.
La Orden CSM/1271/2021, de 15 de noviembre, por la que se crea la Comisión
Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Consumo y se regula su
composición y funciones se modifica como sigue:

cve: BOE-A-2022-6171
Verificable en https://www.boe.es

El Real Decreto 806/2014, de 19 de septiembre, sobre organización e instrumentos
operativos de las tecnologías de la información y las comunicaciones en la Administración
General del Estado y sus Organismos Públicos, define una serie de órganos colegiados y
de unidades que implementarán las políticas de racionalización y transformación de las
TIC en el ámbito del sector público administrativo estatal.
Así, su artículo 7 se refiere a las Comisiones Ministeriales de Administración Digital,
que se configuran como los órganos colegiados de ámbito ministerial responsables del
impulso y de la coordinación interna en cada Departamento en materia de Administración
Digital.
En su cumplimiento fue aprobada la Orden CSM/1271/2021, de 15 de noviembre, por
la que se crea la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de
Consumo y se regula su composición y funciones.
Advertida la conveniencia de adecuar su composición, en aras de conseguir la
máxima eficacia y la mejor representatividad de todos los órganos directivos del
Ministerio en la Comisión, se procede a modificar la composición tanto del pleno como
de la comisión permanente de la Comisión.
La aprobación de la norma proyectada está en consonancia con los principios de
buena regulación recogidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de necesidad,
eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
Así, atiende a la necesidad de modificar la Orden CSM/1271/2021, de 15 de
noviembre, con la finalidad de adecuar la composición del pleno y de su comisión
permanente; lo que se estima eficaz para el propio funcionamiento de la Comisión, sin
afectar en forma alguna a los derechos y deberes de la ciudadanía. También contribuye
a dotar de mayor seguridad jurídica a la organización y funcionamiento de la
Administración General del Estado, en lo que se refiere al Ministerio de Consumo.
Cumple también con el principio de transparencia, ya que identifica claramente su
propósito y la memoria, accesible a la ciudadanía, ofrece una explicación completa de su
contenido. Dado que se trata de una norma puramente organizativa, su tramitación se
encuentra exenta de la consulta pública previa y de los trámites de audiencia e
información públicas. Finalmente, es también adecuada al principio de eficiencia, ya que
no impone cargas administrativas.
En su virtud, con la aprobación previa de la Ministra de Hacienda y Función Pública,
dispongo: