III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Convenios. (BOE-A-2022-6112)
Resolución de 7 de abril de 2022, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Fundación Española de Reumatología, por el que se canaliza la subvención nominativa establecida en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 para el mantenimiento del registro español "Cohorte de pacientes con artropatías inflamatorias, expuestos a tratamientos desarrollados por biotecnología" (Biobadaser).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88

Miércoles 13 de abril de 2022

Sec. III. Pág. 51917

Será de aplicación lo regulado en el artículo 49.f. de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público y ejercerá sus funciones de acuerdo con lo
establecido en los artículos 51.2.c) y 52.3 de la citada Ley.
Ambas partes firmantes se comprometen a solventar por acuerdo mutuo, en el seno
de la Comisión de Seguimiento, cuantas discrepancias resulten de la interpretación y
cumplimiento del presente Convenio, sin perjuicio de la competencia del orden
jurisdiccional contencioso administrativo para el conocimiento de cuantas cuestiones y
litigios pudieran surgir.
La Comisión se reunirá con la periodicidad necesaria para cumplir su función y
cuando se estime necesario a instancia de cualquiera de las partes.
Las reuniones de la Comisión de Seguimiento se podrán realizar por medios
electrónicos y sus normas de funcionamiento se regirán por lo previsto en el presente
convenio y supletoriamente por lo estipulado en la sección 3.ª, del capítulo II, del título
preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Undécima.

Plazo de vigencia y efectos.

El presente convenio, conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, se perfeccionará por la prestación del consentimiento de
las partes y resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de 5 días hábiles desde su
formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal (REOICO). Asimismo, será publicado en el plazo
de 10 días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE).
No obstante, lo anterior, el periodo de elegibilidad del gasto se inicia desde el 1 de
diciembre de 2021 al 30 de noviembre de 2022.
Asimismo, si por razones justificadas alguna de las partes no pudiera continuar hasta
la finalización del mismo, habrá de comunicarlo a la otra parte por escrito y con una
antelación de al menos dos meses.
Duodécima.

Naturaleza jurídica.

Y en prueba de conformidad de todo lo convenido las partes firman el presente
convenio en un único original electrónico, considerándose como fecha de formalización
la de la última firma.–Por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios,
la Directora, María Jesús Lamas Díaz.–Por la Fundación Española de Reumatología, el
Presidente, José María Álvaro-Gracia Álvaro.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2022-6112
Verificable en https://www.boe.es

Este convenio se formaliza como instrumento para canalizar la subvención prevista
nominativamente para la FER en los Presupuestos Generales del Estado para el
año 2022, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.2.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
Por ello, dada la naturaleza administrativa de este convenio, el mismo se regirá por lo
estipulado entre las partes, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios de la
citada Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y de su Reglamento de aplicación, aprobado por
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, para resolver dudas que pudieran presentarse.
Siendo la Jurisdicción Contencioso-Administrativa la competente supletoria para
resolver las controversias que no pudieran resolverse en el seno de la Comisión de
Seguimiento en la interpretación y aplicación del presente convenio.
En cualquier caso, ambas partes se comprometen a adoptar las medidas oportunas
encaminadas a la finalización de las actividades acordadas que se hubieran puesto en
marcha.