III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Puertos. (BOE-A-2022-6025)
Resolución de 17 de marzo de 2022, de Puertos del Estado, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Rector, por el que se aprueba la modificación no sustancial de la delimitación de los espacios y usos portuarios del puerto de Almería.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 87

Martes 12 de abril de 2022

Sec. III. Pág. 51197

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
6025

Resolución de 17 de marzo de 2022, de Puertos del Estado, por la que se
publica el Acuerdo del Consejo Rector, por el que se aprueba la modificación
no sustancial de la delimitación de los espacios y usos portuarios del puerto
de Almería.

El Consejo Rector de Puertos del Estado, en su sesión n.º 219, de 4 de marzo
de 2022, adoptó por unanimidad el acuerdo por el que se aprueba la modificación no
sustancial de la Delimitación de los Espacios y Usos Portuarios del puerto de Almería.
En su virtud, esta Presidencia dispone la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» del referido acuerdo, que se adjunta como Anexo a la presente resolución.
Madrid, 17 de marzo de 2022.–El Presidente de Puertos del Estado, Álvaro
Rodríguez Dapena.
ANEXO
El Consejo Rector de Puertos del Estado, en su sesión n.º 219 de 4 de marzo
de 2022, en el punto del Orden del Día relativo a la «Propuesta de aprobación de la
modificación no sustancial de la Delimitación de los Espacios y Usos Portuarios del
puerto de Almería», adoptó por unanimidad, a propuesta del Presidente, el siguiente
acuerdo:
Aprobar la «Modificación no sustancial de la Delimitación de las aguas del puerto
de Almería», como adaptación y actualización del Plan de Utilización de los Espacios
Portuarios del Puerto de Almería vigente, aprobado por Orden Ministerial
FOM/3116/2004, de 10 de septiembre, que implica los siguientes cambios:

cve: BOE-A-2022-6025
Verificable en https://www.boe.es

«Se incorpora a la zona de servicio terrestre del puerto de Almería la
construcción del nuevo dique de Poniente asignándole el uso portuario comercial y
se actualiza consecuentemente con lo anterior la distribución de las Zonas I y II de
aguas, considerando el abrigo que proporciona dicho dique. Asimismo, se produce
la adecuación del Plan de Utilización de los Espacios Portuarios (PUEP) a la
Delimitación de Espacios y Usos Portuarios (DEUP), en cumplimiento de la
disposición transitoria sexta del Texto Refundido de la ley de Puertos del Estado y
de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de
septiembre.»

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X