III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2022-6035)
Resolución de 1 de abril de 2022, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Federación Española de Municipios y Provincias, para el desarrollo de la edición 2022-23 del Programa estatal de circulación de espectáculos de artes escénicas en espacios de las Entidades Locales («Platea»).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 87

Martes 12 de abril de 2022
Segunda.

Sec. III. Pág. 51363

Actuaciones a realizar por las partes.

Para el cumplimiento del objeto de este convenio, el INAEM se compromete a:
– Ejecución del análisis de resultados de cada edición y de establecimiento de
condiciones y de cumplimiento de los parámetros de evaluación para la adhesión o
renovación de la participación en el programa, de acuerdo con los principios establecidos
con la FEMP.
– Ejecución de los procesos de adhesión y renovación de la participación en el
programa.
– Elaboración de los catálogos.
– Ejecución de los procesos de programación, contratación, liquidación y pago de las
representaciones.
Por su parte, la FEMP se compromete a:
– Participación en los procesos de análisis de resultados de cada edición y de
establecimiento de condiciones y de cumplimiento de los parámetros de evaluación para
la adhesión o renovación de la participación en el programa.
– Coordinación de la información y comunicación con las Entidades Locales
adheridas a la Federación para los procesos de adhesión y renovación de la
participación en el programa.
– Participación en los comités de selección de espectáculos para los catálogos y en
la aprobación de la programación.
– Comunicación con las Entidades Locales en lo relativo a cuestiones que
trascienden la gestión corriente del programa.
Tercera.

Acciones formativas y elaboración de guías-manuales.

Las partes se comprometen a dar continuidad a las Acciones Formativas Platea
desarrolladas en Madrid en 2016 y 2017 y en Huesca en 2018 y 2019, mediante la
organización durante el período de vigencia del Convenio de acciones formativas
generales o segmentadas, estas últimas dirigidas específicamente a Entidades Locales
con necesidades equiparables o a géneros concretos, siempre y cuando las condiciones
de la pandemia de COVID-19 lo permitan.
La FEMP coordinará la difusión de las eventuales aportaciones y conclusiones de
estas acciones, mediante publicaciones impresas o virtuales.
Gestión y financiación.

Los gastos derivados de la ejecución del Programa Platea que corresponda abonar
al INAEM se financiarán con cargo a los conceptos presupuestarios 24.107.335A.280,
por un importe máximo de 625.000 euros, y 24.107.335B.280, por un importe máximo
de 2.073.000 euros, consignados en los Presupuestos Generales del Estado vigentes
en 2022, así como con cargo a los conceptos presupuestarios 24.107.335A.280, por un
importe máximo de 853.000 euros, y 24.107.335B.280, por un importe máximo
de 1.549.000 euros, que se consignen en los Presupuestos Generales del Estado
vigentes en 2023. De estas cuantías, un máximo del 1,5 % del presupuesto total de 2022
(40.470 euros) y del 1,5 % del presupuesto total de 2023 (36.030 euros) podrá destinarse
a cubrir los gastos de las acciones formativas, a la comunicación y la publicación de
conclusiones previstas en la cláusula anterior, así como a la planificación y ejecución de
la evaluación del Programa, a través de contratos tramitados de conformidad con la
vigente Ley de Contratos del Sector Público.
La ejecución de las actividades de difusión y seguimiento comprometidas por
la FEMP en virtud del presente Convenio no comportará gastos adicionales para
la FEMP.

cve: BOE-A-2022-6035
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.