III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-5907)
Resolución de 28 de febrero de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del seguimiento de las recomendaciones dirigidas al Ministerio de Hacienda incluidas en los informes relativos al Área de la Administración Económica del Estado aprobados durante los ejercicios 2015, 2016 y 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86

Lunes 11 de abril de 2022

Sec. III. Pág. 49956

documentación, aunque la propia Dirección General reconoce que el grado de implantación en las
comunidades autónomas es dispar.
Por el contrario, la DGFE ha descartado la introducción de plazos ya que “el sistema de incentivos
regionales se basa en el principio de colaboración entre administraciones públicas, por lo que su
incumplimiento no podía llevar aparejado ninguna sanción”.
Valoración
Las recomendaciones 1.5 y 1.7 se consideran cumplidas parcialmente, ya que persisten aspectos
que fueron recomendados que no se han implementado, entre ellos, la definición de plazos para la
cumplimentación de trámites, sin que, por otra parte, esté previsto que el Ministerio realice
actuaciones adicionales.
Recomendación 1.6: Dirigida a la Dirección General de Fondos Europeos
La inclusión, en la Orden EHA/2874/2009, de un modelo normalizado del informe preceptivo que,
según establece el art 1.6 de aquella, deben emitir las CCAA y enviar a la Dirección General de
Fondos Comunitarios junto con la solicitud de ayuda y en el que han de pronunciarse sobre: la
adecuación del proyecto, el análisis de viabilidad del mismo, la concurrencia con otras ayudas y
cualquier otro extremo relevante a estos efectos.
Trabajos realizados
La DGFE ha incluido en su propuesta de reforma del marco normativo de los incentivos regionales
un modelo de informe a utilizar por las comunidades autónomas, incorporado en los anexos de la
propuesta de Orden ministerial.
Valoración
No obstante la propuesta realizada por la Dirección General, la Orden Ministerial necesaria para dar
cumplimiento a esta recomendación no se ha aprobado todavía, por lo que esta recomendación
debe considerarse en curso.
Recomendación 2.1: Dirigida al Consejo Rector de Incentivos Regionales
El Consejo Rector debería estudiar:
2.1.

La modificación del Acuerdo de fecha 12 de mayo de 2015, sobre ordenación y
funcionamiento del sistema de incentivos regionales para el periodo 2014-2020, o en su
caso, detallar en instrucciones internas las pautas para otorgar las puntuaciones en
relación con aquellos criterios cuya valoración no se efectúa a través de fórmulas
matemáticas, de tal manera que se objetiven y se reduzca el margen de discrecionalidad,
en la medida de lo posible.

En relación con el cumplimiento de la presente recomendación, el Consejo Rector aprobó el 11 de
enero de 2019 unas Instrucciones internas con pautas para otorgar las puntuaciones en relación
con aquellos criterios cuya valoración no se efectúa a través de fórmulas matemáticas; “incremento
de la productividad”, “carácter dinamizador” y “factores endógenos del sector turístico”.

cve: BOE-A-2022-5907
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Trabajos realizados