III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Fundaciones. (BOE-A-2022-5923)
Resolución de 20 de enero de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación para la Calidad de la Formación del Empleo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86
Lunes 11 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 50646
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
5923
Resolución de 20 de enero de 2022, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación para la Calidad de la Formación del Empleo.
Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación para la calidad de la Formación
del Empleo.
Antecedentes de hecho
Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación citada fue constituida por la Asociación estatal de Grandes Empresas
de Formación (AEGEF), la Asociación Nacional de Centros de E-Learning y Distancia
(ANCED) y las mercantiles Centro de Estudios Adams Ediciones Valbuena, SA, Data
Control Formación, SL Unipersonal, Vértice Formación y Empleo, SL, Centro de
Formación de Hostelería y Turismo de Canarias, SL, Grupo Femxa Formación y
Empleo, SL, Ibecon 2003, SL y G 12 Grupo Empresarial de Servicios, SL según resulta
de escritura otorgada ante el notario de Madrid don Cruz Gonzalo López-Muller Gómez
el 4 de febrero de 2021 con el número 259 de protocolo subsanada por otra otorgada
ante el mismo notario el 23 de septiembre de 2021 protocolo 2731.
Segundo.
Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Orense, 20, 1.º Oficina 12,
28020 de Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de
España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
totalmente desembolsada según se acredita con la certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la Ley.
Fines de la Fundación.
Velar por la calidad del sistema nacional de fonación para el empleo al objeto de
garantizar la cualificación de los trabajadores a lo largo de su vida profesional, su
adecuación a las necesidades formativas de los empleadores, así como el cumplimiento
de la legislación vigente sobre formación y empleo.
Promover la innovación y mejora del sistema nacional de formación para el empleo
en la línea con las mejores prácticas nacionales e internacionales y en colaboración con
los poderes públicos y el resto de agentes privados de relevancia.
Favorecer el conocimiento de la sociedad sobre formación para el empleo,
potenciando su valor para la empleabilidad y el desarrollo personal, la competitividad
empresarial, la movilidad social y la creación de riqueza en un contexto de crecientes
cambios técnicos y laborales.
cve: BOE-A-2022-5923
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.
Núm. 86
Lunes 11 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 50646
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
5923
Resolución de 20 de enero de 2022, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación para la Calidad de la Formación del Empleo.
Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación para la calidad de la Formación
del Empleo.
Antecedentes de hecho
Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación citada fue constituida por la Asociación estatal de Grandes Empresas
de Formación (AEGEF), la Asociación Nacional de Centros de E-Learning y Distancia
(ANCED) y las mercantiles Centro de Estudios Adams Ediciones Valbuena, SA, Data
Control Formación, SL Unipersonal, Vértice Formación y Empleo, SL, Centro de
Formación de Hostelería y Turismo de Canarias, SL, Grupo Femxa Formación y
Empleo, SL, Ibecon 2003, SL y G 12 Grupo Empresarial de Servicios, SL según resulta
de escritura otorgada ante el notario de Madrid don Cruz Gonzalo López-Muller Gómez
el 4 de febrero de 2021 con el número 259 de protocolo subsanada por otra otorgada
ante el mismo notario el 23 de septiembre de 2021 protocolo 2731.
Segundo.
Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Orense, 20, 1.º Oficina 12,
28020 de Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de
España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
totalmente desembolsada según se acredita con la certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la Ley.
Fines de la Fundación.
Velar por la calidad del sistema nacional de fonación para el empleo al objeto de
garantizar la cualificación de los trabajadores a lo largo de su vida profesional, su
adecuación a las necesidades formativas de los empleadores, así como el cumplimiento
de la legislación vigente sobre formación y empleo.
Promover la innovación y mejora del sistema nacional de formación para el empleo
en la línea con las mejores prácticas nacionales e internacionales y en colaboración con
los poderes públicos y el resto de agentes privados de relevancia.
Favorecer el conocimiento de la sociedad sobre formación para el empleo,
potenciando su valor para la empleabilidad y el desarrollo personal, la competitividad
empresarial, la movilidad social y la creación de riqueza en un contexto de crecientes
cambios técnicos y laborales.
cve: BOE-A-2022-5923
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.