III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Becas. (BOE-A-2022-5963)
Orden ICT/304/2022, de 1 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación en ensayos de control sobre productos objeto de comercio exterior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86
Lunes 11 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 50910
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
Orden ICT/304/2022, de 1 de abril, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de becas de formación en ensayos de control
sobre productos objeto de comercio exterior.
La Secretaría de Estado de Comercio, adscrita al Ministerio de Industria, Comercio y
Turismo, tiene atribuidas conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 998/2018, de 3 de
agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria,
Comercio y Turismo, entre otras competencias, la definición, el desarrollo y ejecución de
la política comercial del Estado, en lo que se refiere al comercio exterior e interior,
incluido el intracomunitario.
Para el ejercicio de estas funciones, la Secretaría de Estado de Comercio cuenta,
entre otros recursos, con los laboratorios SOIVRE de las Direcciones Territoriales y
Provinciales de Comercio con amplia experiencia en el análisis físico-químico de
productos objeto de comercio exterior.
En este sentido, la Secretaría de Estado de Comercio lleva a cabo la formación
teórico-práctica de becarios en técnicas de ensayo empleadas por los laboratorios
SOIVRE de las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio. De esta manera,
eminentemente práctica, se forma a titulados universitarios para dotarles de preparación
complementaria a la universitaria, con el fin de facilitar su incorporación al mercado
laboral, conociendo las cambiantes, y cada vez más exigentes, condiciones impuestas
por los mercados exteriores.
En consecuencia, se estima necesario proceder a establecer las bases reguladoras
para la concesión de becas de conformidad con el régimen establecido en la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Reglamento que la
desarrolla, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 17.1 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, esta orden ha sido objeto de los informes favorables de la Abogacía del
Estado y de la Intervención Delegada en el Departamento.
En la elaboración de esta norma se han observado los principios de buena
regulación contemplados en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En cuanto a los
principios de necesidad y eficacia puesto que la norma resulta el instrumento más
indicado para los intereses que se persiguen; el principio de proporcionalidad ya que
contiene la regulación imprescindible para atender a las necesidades que se pretenden
cubrir; y el principio de seguridad jurídica ya que es coherente con el resto del
ordenamiento jurídico nacional. Asimismo, la norma es conforme con los principios de
eficiencia, ya que la iniciativa normativa evita cargas administrativas innecesarias y
racionaliza la gestión de los recursos públicos y de transparencia al haberse garantizado
una amplia participación pública en su elaboración.
En su virtud, con la aprobación previa de la Ministra de Hacienda y Función Pública,
dispongo:
Artículo 1.
Objeto y finalidad.
1. El objeto de esta orden es establecer las bases reguladoras para la concesión,
en régimen de concurrencia competitiva, y conforme a los principios de publicidad,
transparencia, igualdad, objetividad y no discriminación, de becas de formación práctica
en ensayos de control sobre productos objeto de comercio exterior, integradas en el Plan
Estratégico de Subvenciones del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
cve: BOE-A-2022-5963
Verificable en https://www.boe.es
5963
Núm. 86
Lunes 11 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 50910
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
Orden ICT/304/2022, de 1 de abril, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de becas de formación en ensayos de control
sobre productos objeto de comercio exterior.
La Secretaría de Estado de Comercio, adscrita al Ministerio de Industria, Comercio y
Turismo, tiene atribuidas conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 998/2018, de 3 de
agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria,
Comercio y Turismo, entre otras competencias, la definición, el desarrollo y ejecución de
la política comercial del Estado, en lo que se refiere al comercio exterior e interior,
incluido el intracomunitario.
Para el ejercicio de estas funciones, la Secretaría de Estado de Comercio cuenta,
entre otros recursos, con los laboratorios SOIVRE de las Direcciones Territoriales y
Provinciales de Comercio con amplia experiencia en el análisis físico-químico de
productos objeto de comercio exterior.
En este sentido, la Secretaría de Estado de Comercio lleva a cabo la formación
teórico-práctica de becarios en técnicas de ensayo empleadas por los laboratorios
SOIVRE de las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio. De esta manera,
eminentemente práctica, se forma a titulados universitarios para dotarles de preparación
complementaria a la universitaria, con el fin de facilitar su incorporación al mercado
laboral, conociendo las cambiantes, y cada vez más exigentes, condiciones impuestas
por los mercados exteriores.
En consecuencia, se estima necesario proceder a establecer las bases reguladoras
para la concesión de becas de conformidad con el régimen establecido en la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Reglamento que la
desarrolla, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 17.1 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, esta orden ha sido objeto de los informes favorables de la Abogacía del
Estado y de la Intervención Delegada en el Departamento.
En la elaboración de esta norma se han observado los principios de buena
regulación contemplados en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En cuanto a los
principios de necesidad y eficacia puesto que la norma resulta el instrumento más
indicado para los intereses que se persiguen; el principio de proporcionalidad ya que
contiene la regulación imprescindible para atender a las necesidades que se pretenden
cubrir; y el principio de seguridad jurídica ya que es coherente con el resto del
ordenamiento jurídico nacional. Asimismo, la norma es conforme con los principios de
eficiencia, ya que la iniciativa normativa evita cargas administrativas innecesarias y
racionaliza la gestión de los recursos públicos y de transparencia al haberse garantizado
una amplia participación pública en su elaboración.
En su virtud, con la aprobación previa de la Ministra de Hacienda y Función Pública,
dispongo:
Artículo 1.
Objeto y finalidad.
1. El objeto de esta orden es establecer las bases reguladoras para la concesión,
en régimen de concurrencia competitiva, y conforme a los principios de publicidad,
transparencia, igualdad, objetividad y no discriminación, de becas de formación práctica
en ensayos de control sobre productos objeto de comercio exterior, integradas en el Plan
Estratégico de Subvenciones del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
cve: BOE-A-2022-5963
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