III. Otras disposiciones. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Tribunales Superiores de Justicia. (BOE-A-2022-5913)
Acuerdo de 17 de marzo de 2022, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, relativo a la aprobación de los criterios de composición y funcionamiento de la Sala Civil y Penal, y a la asignación de ponencias entre sus Magistrados/as para el año judicial 2021/22.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86

Lunes 11 de abril de 2022

Sec. III. Pág. 50622

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
5913

Acuerdo de 17 de marzo de 2022, de la Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de la Sala de
Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, relativo a la
aprobación de los criterios de composición y funcionamiento de la Sala Civil y
Penal, y a la asignación de ponencias entre sus Magistrados/as para el año
judicial 2021/22.

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión
de 17 de marzo de 2022, acordó hacer público el Acuerdo adoptado por la Sala de
Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en sesión de fecha 9 de
noviembre de 2021, por el que se aprueban los criterios de composición y
funcionamiento de la Sala Civil y Penal, así como la asignación de ponencias entre sus
magistrados/as para el año judicial 2021/22 hasta su modificación, del siguiente tenor:
«Criterios de composición y funcionamiento de la Sala Civil y Penal, de asignación de
ponencias y sustituciones entre sus Magistrados para el año judicial 2021-2022.
(…) Segundo.

Reparto de asuntos entre la Sala y su Sección de Apelación Penal.

Para el reparto de asuntos entre los magistrados de la Sala Civil y Penal se
establecen los siguientes grupos de materias, separando los que corresponden al orden
jurisdiccional civil de los del orden jurisdiccional penal:
A.

Orden jurisdiccional civil:

1A Recursos de casación.
2A Demandas de revisión.
3A Recursos de queja.
4A Cuestiones de competencia.
5A Arbitraje–Nombramiento y remoción de árbitros.
6Aa/ Anulación de laudos arbitrales de consumo.
6Ab/ Anulación del resto de laudos arbitrales.
7A Arbitraje–Reconocimiento de laudos o resoluciones arbitrales extranjeras.
8A Otros asuntos civiles.
Orden jurisdiccional penal:

1B Denuncias contra Jueces y Magistrados.
2B Querellas contra Jueces y Magistrados.
3Ba/ Denuncias y querellas presentadas por particulares contra Parlamentarios y
miembros del Gobierno autonómico.
3Bb/ Denuncias y querellas presentadas por el Ministerio Fiscal contra
Parlamentarios y miembros del Gobierno autonómico, y causas elevadas con Exposición
motivada de otros órganos judiciales.
4B Cuestiones de competencia.
5B Ponencias de juicios orales, incluido juicio con Jurado popular.
6B Apelaciones contra resoluciones del Juez instructor de la propia Sala.
7B Incidentes de abstención, recusación y otros asuntos penales.
El registro de asuntos relacionados en la letra c) del artículo 73.3 de la LOPJ se
efectuará directamente para el conocimiento de la Sección de Apelación Penal, de modo

cve: BOE-A-2022-5913
Verificable en https://www.boe.es

B.